Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Traspaso a otra AFP

Las personas afiliadas al sistema de capitalización individual obligatoria pueden elegir la administradora de fondos de pensiones (AFP) que gestionará sus fondos y cambiarse de AFP cuando lo estimen conveniente, según temas como calidad de servicio, precio y rentabilidad.

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Para cambiarse de AFP, la persona debe suscribir el formulario llamado Orden de Traspaso en una agencia de la AFP a la que quiere traspasarse, proceso que implica la intermediación de un agente de ventas.

Si la persona quiere realizar el trámite por internet debe tener Clave de Seguridad para Traspaso, la cual puede obtener personalmente en cualquier sucursal de su administradora.

En paralelo a la orden de traspaso, también deberá suscribir un documento informativo sobre el costo de administración de la AFP y el documento Declaración Jurada sobre prohibición de compensación económica, adjuntando una fotocopia de la cédula nacional de identidad.

La afiliación en la nueva AFP se produce el primer día del mes siguiente a la fecha de suscripción de la Orden de Traspaso.


Importante: la entrega de incentivos económicos o materiales está prohibida.

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¿Al suscribir una orden de traspaso debo elegir el tipo de fondo?

Sí. Cuando una persona decide cambiar de fondo de pensiones, en la cuenta de ahorro individual obligatorio o de tipo voluntario, debe seleccionar alguno de los tipos de fondos vigentes: A, B, C, D o E.

Es importante tener presente que si el saldo de una cuenta está distribuido en dos tipos de fondos, al seleccionar la orden de traspaso se deberá solicitar el cambio para cada uno de los fondos.

¿Puedo cambiarme de AFP?

Las personas afiliadas a una administradora de fondos de pensiones (AFP) pueden cambiarse de gestora previsional cuando lo estimen necesario y de manera voluntaria, independiente de si se trata de una trabajadora o un trabajador activo o pensionado con saldo en su cuenta de ahorro previsional obligatorio.

Sólo quienes hayan ingresado por primera vez al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión del sistema, de acuerdo con la licitación de cartera de nuevas y nuevos afiliados.

Dichas personas deberán permanecer en esa administradora durante un período de 24 meses, pero si la AFP sube la comisión o hay otra que baja sus comisiones a un nivel menor, pueden cambiarse a la administradora que estimen conveniente.

Durante el período entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2025, quienes ingresen por primera vez al sistema deberán afiliarse a AFP Uno, cuya comisión es de 0,49% de la remuneración imponible de la trabajadora o el trabajador y es la adjudicataria del último proceso de licitación de cartera.


Importante: el trámite para cambiarse de AFP es gratuito y se puede realizar de manera virtual, para lo cual la persona requiere clave de seguridad provista por su administradora, o de manera presencial en sus oficinas.

Infórmese sobre el trámite de traspaso.

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