Desafiliación
Consiste en el proceso de dejar de pertenecer, como afiliada o afiliado, al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
Pueden solicitar su desafiliación, las personas que se encuentren en las siguientes situaciones:
- Quienes hayan sido imponentes de instituciones de previsión del régimen previsional antiguo (sistema de reparto) y no tengan derecho al bono de reconocimiento.
- Quienes teniendo derecho a bono de reconocimiento sólo por cotizaciones enteradas en alguna institución de previsión en el período comprendido entre el 1 de julio de 1979 y la fecha de opción por el nuevo sistema previsional, tengan, al menos, 60 meses de cotizaciones anteriores a julio de 1979.
Si la persona cumple con los requisitos establecidos en la letra b) del artículo 1º de la Ley N° 18.225, de 1983, debe suscribir el formulario Solicitud de Desafiliación en la AFP donde tiene afiliación vigente.
¿Cuál es la diferencia entre el sistema de AFP y el sistema antiguo o de reparto?
La principal diferencia entre el sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP) y el sistema antiguo o de reparto es la forma de financiamiento de las pensiones.
En el sistema antiguo o de reparto, las imposiciones que realizan las trabajadoras y los trabajadores activos, además de los aportes que efectúa el Estado, van a un fondo común con el cual se financia la pensión de cada persona.
En el sistema de capitalización individual obligatoria, en tanto, cada afiliada o afiliado tiene una cuenta individual donde se depositan sus cotizaciones previsionales, las cuales son invertidas por las AFP para obtener una rentabilidad.
Los recursos previsionales que provienen de las cotizaciones obligatorias que realizan las personas y también de la rentabilidad que se ha obtenido con las inversiones realizadas con los fondos de pensiones componen lo que se conoce como saldo previsional.
Al término de la vida laboral activa de la persona, cuando ésta decide pensionarse, esos recursos previsionales se traducirán en la pensión de la afiliada o el afiliado, o la que recibirán sus beneficiarias o beneficiarios sobrevivientes.
¿Puedo desafiliarme al sistema de AFP y volver al sistema antiguo?
La desafiliación al sistema de AFP se puede solicitar únicamente en los siguientes casos:
- Quienes hayan sido imponentes de instituciones de previsión del régimen previsional antiguo (sistema de reparto) y no tengan derecho al bono de reconocimiento.
- Aquellas personas que, teniendo derecho a bono de reconocimiento, sólo por cotizaciones enteradas en alguna institución de previsión en el período comprendido entre el 1 de julio de 1979 y la fecha de opción por el nuevo sistema previsional (de AFP) tengan, a lo menos, 60 meses de cotizaciones anteriores a julio de 1979.
Si la persona cumple con los requisitos anteriores, debe suscribir el formulario Solicitud de Desafiliación en la AFP.
Consulta de estado de trámite de Desafiliación
La desafiliación consiste en el proceso de dejar de pertenecer, como afiliada o afiliado, al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP). Las personas que hayan solicitado una desafiliación para volver al sistema previsional antiguo, de acuerdo con la Ley N° 18.225. Con esta herramienta, usted podrá conocer el estado de avance en que se encuentra su trámite de desafiliación.
Reclamos contra la Superintendencia de Pensiones
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