Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile
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Libro I, Título VII, Letra B, Anexos

Anexo Nº 3 Especificaciones Técnicas: Informe de Reclamos Pendientes entre las Administradoras

Materias asociadas: Administradora de Fondos de Pensiones / Reclamo

1. Descripción de Archivos y Especificaciones Técnicas

El Sistema de reclamos pendientes consta de dos archivos que deben ser enviados a través de transmisión electrónica de datos, desde las Administradoras a la Superintendencia de Pensiones, en oportunidades diferentes.

Observaciones Generales

- Los nombres de los archivos poseen una letra R o P correspondiente al archivo de Reclamos o de Respuestas a Reclamos, respectivamente. Luego, posee el año aa y mes mm del período que se informa, seguido del código de tres caracteres .ext de la A.F.P.

- Todos los campos numéricos, deben ser alineados a la derecha y llenados con ceros a la izquierda.

- Todos los campos alfanuméricos o alfabéticos, deben ser alineados a la izquierda y llenados con blancos a la derecha.

1.1. Reclamos Pendientes de A.F.P. Regularizadora

Contiene todos los reclamos pendientes que registra la A.F.P. Regularizadora.

 

Notas:

(1) Los campos 1 y 2 corresponden a los códigos alfabéticos de la A.F.P. regularizadora y relacionada, respectivamente.

(2) El campo Número de Reclamo está compuesto por un campo alfabético con la sigla que identifica a la A.F.P. originaria del reclamo y un campo numérico con el número consecutivo del reclamo correspondiente. El campo alfabético posee dos letras y el campo numérico debe completarse con ceros a la izquierda.

(3) Si la A.F.P. regularizadora no posee reclamos para una A.F.P. relacionada, entonces el registro debe contener en los campos 1 y 2 los códigos de ambas A.F.P. y el campo Glosa debe especificar "NO SE INFORMAN RECLAMOS". Además, los campos restantes alfanuméricos o alfabéticos se deben llenar con blancos y los numéricos con ceros.

2. Respuesta a reclamos de A.F.P. Relacionada

Contiene las respuestas de la A.F.P. relacionada a los reclamos formulados por la Superintendencia, respecto a los reclamos pendientes informados por la A.F.P. regularizadora.

Notas:

(1) Los campos 1 y 2, corresponden a los códigos alfabéticos de la A.F.P. regularizadora y relacionada, respectivamente.

(2) El campo Número de Reclamo está compuesto por un campo alfabético con la sigla que identifica a la A.F.P. originaria del reclamo y un campo numérico con el número consecutivo del reclamo correspondiente. El campo alfabético posee dos letras y el campo numérico debe completarse con ceros a la izquierda.

(3) Solamente se deben informar las respuestas a los reclamos de las A.F.P. regularizadoras. Si no existe ningún reclamo para la A.F.P. relacionada, no se debe transmitir este archivo.