Libro I, Título IV Estados de Cuenta Personal
Capítulo I. Introducción
Materias asociadas: Estado de Cuenta Personal
El presente Título contiene instrucciones respecto de la información que debe contener y los plazos para el envío a los afiliados de la Cartola Cuatrimestral, en cumplimiento de lo establecido en el inciso segundo del Artículo 31 del DL N° 3.500 de 1980. Esta cartola permite informar periódicamente a los afiliados acerca de los movimientos de su Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias (CCICO) durante el último cuatrimestre y, en caso de existir, de las cuentas de Ahorro Previsional Voluntario, Depósitos Convenidos y Ahorro Previsional Voluntario Colectivo, que se mantengan en la Administradora. Asimismo, se reglamenta la información a enviar de la Cuenta de Capitalización Individual de afiliados voluntarios y las cuentas de Ahorro Voluntario y de Ahorro de Indemnización, cuando éstas existan.
Adicionalmente, la presente norma regula los contenidos de la cartola de movimientos, la que otorga información más detallada y completa de las distintas cuentas que mantiene un afiliado, la cual debe ser solicitada expresamente por el trabajador.