Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile
Buscador compendio

Libro IV, Título XII, Letra C, Capítulo III. Instrucciones para llenar los Formularios Electrónicos del Informe Diario

L. INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO D-2.11: GARANTÍA ENTERADA EN EFECTIVO, PROVISIÓN Y COBRO DE DIVIDENDOS Y OTROS EVENTOS DE CAPITAL DIARIOS DE LA CARTERA DE INVERSIONES DEL FONDO.

L1. INSTRUCCIONES GENERALES.

a) El encabezado de cada hoja de este formulario debe ser llenado siguiendo las mismas instrucciones señaladas en el punto B.1 de la letra B. de este capítulo, con excepción del campo Total control, el cual en este caso corresponde al total en pesos de las cantidades informadas en la columna "Monto Provisionado $" de cada hoja utilizada.

b) En este formulario se deben registrar cronológicamente las garantías enteradas en efectivo por concepto de operaciones con instrumentos derivados, los dividendos y otros eventos de capital desde el día que son contabilizados en la cuenta Valores por Depositar y hasta el día de su pago. No deben informarse en este formulario los bonos de reconocimiento vencidos y no pagados, los cuales deben informarse en el formulario D-2.12.

Se deberá reportar una línea por cada moneda entregada en garantía a cada contraparte.

c) Respecto a las garantías enteradas en efectivo por concepto de operaciones en instrumentos derivados, esta información deberá reportarse diariamente respecto al monto total vigente (stock) y sólo se deberá presentar información en los campos "Tipo de instrumento", "Unidades", "Moneda", "Monto Recibido/Enterado $" y "Tipo de Cambio". Para informar la garantía enterada en instrumentos financieros, se deberán utilizar los formularios D-2.2 y D-2.4.

L2. INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS.

Columnas:

Cada columna deberá ser completada de acuerdo con las siguientes indicaciones:

1. Tipo de instrumento

Se debe indicar la abreviatura correspondiente al tipo de instrumento que se informa. Para ello deberá utilizarse el CÓDIGO DE INSTRUMENTOS que aparece señalado en el Capítulo VII,. para los formularios D-2.2 y D-2.4, de este Título.

En caso de garantías enteradas en efectivo por operaciones con derivados, se deberá informar el código "CC2" o "CC3", según corresponda.

2. Nemotécnico, ISIN o Contraparte

Se debe indicar el nemotécnico o ISIN definido o autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros, de los instrumentos nacionales o extranjeros informados.

En caso que en la columna "Tipo de Instrumento" se informe el código "CC2" o "CC3", en este campo se deberá indicar la sigla de tres caracteres que identifica a la contraparte del contrato, la cual será proporcionada por la Superintendencia.

3. Unidades

Corresponde al número de unidades con derecho al dividendo, evento de capital o al monto entregado en moneda nacional o extranjera para el cumplimiento de garantía en operaciones con instrumentos derivados, según corresponda. Este valor se informará con cuatro decimales.

4. Tipo de dividendo o evento de capital

Se deberá indicar si el dividendo o evento de capital se cancelará en moneda de origen o en unidades nominales del instrumento:

MO : En moneda de origen

UN : En unidades

5. Moneda

En este ítem corresponde indicar el código identificatorio de la moneda en la cual están denominadas las garantías enteradas en efectivo por operaciones con instrumentos derivados, el dividendo o evento de capital, según corresponda. Este código será proporcionado por la Superintendencia.

6. Dividendo o evento de capital unitario

Se debe indicar el dividendo o evento de capital unitario expresado en la moneda en que se pagará. Este valor se deberá informar con cinco decimales.

Tratándose de unidades se deberá informar el número de unidades a recibir por cada unidad con derecho. Este valor se deberá informar con cinco decimales.

7. Fecha contabilización en VxD

Es la fecha en la cual se contabilizó el derecho por cobrar del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP). Se debe indicar en el formato AAAA-MM-DD.

8. Fecha de Pago

Es la fecha en la cual se depositó el pago del dividendo o evento de capital en las cuentas corrientes del Fondo. Se debe indicar en el formato AAAA-MM-DD.

9. Monto provisionado en moneda de origen

Corresponde al monto en moneda de origen que el Administrador contabilizó en valores por depositar en el Fondo, el cual a su vez corresponde a la multiplicación entre el número de unidades mantenidas que le corresponde el pago del dividendo o evento de capital y el valor del dividendo o evento de capital unitario.

Para el caso de aquellos eventos de capital que se pagarán en unidades del instrumento, éstos deberán ser expresados en moneda de origen utilizando para ello el precio entregado por esta Superintendencia para valorizar el instrumento el día del informe.

Este valor se informará con cinco decimales.

10. Monto Provisionado $

Corresponde al monto en pesos que el Administrador contabilizó en valores por depositar en el Fondo, el cual a su vez corresponde a la multiplicación entre el número de unidades contabilizadas que le corresponde el pago del dividendo o evento de capital y el valor del dividendo unitario.

Para el caso de aquellos dividendos o evento de capital que paguen en moneda extranjera, el monto deberá ser convertido a su equivalente en moneda nacional utilizando para ello el tipo de cambio vigente correspondiente a la fecha del informe.

Asimismo, en el caso de aquellos eventos de capital que se pagarán en unidades del instrumento, éstos deberán ser expresados a su equivalente en moneda nacional utilizando para ello el precio entregado por esta Superintendencia para valorizar dicho instrumento el día del informe y el tipo de cambio vigente para esa misma fecha.

Este valor se informará sin decimales.

11. Monto Recibido/Enterado $

Corresponde al monto en pesos enterado en moneda nacional para el cumplimiento de garantía en operaciones con instrumentos derivados, o al monto en pesos que se recibió y fue contabilizado en el Fondo, por concepto del pago del dividendo o evento de capital, por el Administrador.

Para el caso de moneda extranjera enterada para el cumplimiento de garantía en operaciones con instrumentos derivados, y para el caso de aquellos dividendos o eventos de capital recibido en moneda extranjera, el monto deberá ser convertido en su equivalente en moneda nacional utilizando para ello el tipo de cambio correspondiente a la fecha de informe.

Asimismo, para el caso de aquellos eventos de capital que se reciben en unidades del instrumento, éstos deben ser expresados a su equivalente en moneda nacional utilizando para ello el precio entregado por esta Superintendencia para valorizar dicho instrumento el día del informe y el tipo de cambio vigente para esa misma fecha.

Este valor se informará en pesos sin decimales.

12. Diferencia $

Corresponde a la diferencia en pesos de la columna "Monto Provisionado $" y la columna "Monto Recibido/Enterado $"

Cabe señalar que si la diferencia en $ por cada dividendo o evento de capital supera los $1.000, esta deberá ser explicada en la sección 2 "Comentarios" del informe diario correspondiente a la fecha del pago.

Este valor que puede ser positivo o negativo y se informará en pesos, sin decimales.

13. Tipo de Cambio

Se deberá informar el tipo de cambio correspondiente a la fecha del informe, utilizado para convertir a moneda nacional aquellos montos expresados en moneda extranjera en las columnas "Monto Provisionado $" y "Monto Recibido/Enterado $".

Este valor se informará con cuatro decimales.

Nota de actualización: Esta letra fue agregada por la Norma de Carácter General N° 342, de fecha 1 de agosto de 2025.