Libro III, Título II, Anexos
Anexo N° 17 Tasa de descuento del periodo garantizado de pago
Anexo N° 17: Tasa de descuento del periodo garantizado de pago
Tasa de descuento del periodo garantizado de pago
La tasa de descuento del periodo garantizado se utiliza para calcular el pago único que recibirán los beneficiarios designados, si éstos prefieren que se les entregue un monto de una sola vez, en vez de recibir mensualmente las pensiones que quedaron pendientes de pago. Lo anterior por haber fallecido el último asegurado garantizado antes del término del periodo garantizado establecido en la póliza.
Este pago único se puede recibir sólo si no existen beneficiarios legales de pensión.
Para un mismo monto de pensión y número de pensiones garantizadas no pagadas, cuanto menor es la tasa de descuento del periodo garantizado, mayor es el monto del pago único que recibiría el beneficiario designado.
Las tasas de descuento del periodo garantizado de las ofertas de este Certificado de Ofertas son, de menor a mayor, las siguientes:
Instrucciones para el llenado de las tasas de descuento del periodo garantizado de pago
Esta información será la última página del Certificado de Ofertas y se incorporará siempre y cuando existan ofertas con periodo garantizado de pago.
Las tasas de descuento se informarán de acuerdo con los siguientes criterios:
1. De menor a mayor tasa de descuento.
2. De mayor a menor clasificación de riesgo, en caso de compañías que presenten la misma tasa.
3. Por nombre corto de la compañía, en caso de compañías que presenten la misma tasa y clasificación de riesgo.
