Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Beneficiarios Pilar Solidario

Aporte Previsional Solidario

A las personas que tienen una pensión menor a la mínima en el sistema de AFP o en el sistema previsional antiguo, el Estado les aporta un complemento en dinero a través del Pilar Solidario.

Asignación por muerte

Es un beneficio que busca reembolsar a quien ha pagado los gastos funerarios de una persona fallecida que fue pensionada del sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario.

Cuota Mortuoria

Consiste en un aporte en dinero que tiene como objetivo ayudar a pagar los gastos funerarios de una persona afiliada a una administradora de fondos de pensiones (AFP) o que sea beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU) sin derecho a asignación por muerte, debido a que se pensionó a partir de febrero de 2022. Es importante tener presente que no habrá derecho al beneficio de cuota mortuoria cuando el Instituto de Previsión Social (IPS) o la AFP tenga conocimiento de que, en vida, la o el afiliado contrató y pagó, de manera anticipada, los servicios funerarios.

Pensión Básica Solidaria (PBS)

La Pensión Básica Solidaria (PBS) de vejez y de invalidez se entrega a aquellas personas que por diversas razones no tienen derecho a recibir una pensión tanto como titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia, pero que sí reúnen ciertos requisitos de edad, focalización socioeconómica y residencia señalados en la Ley N° 20.255 para acceder al beneficio.

Sistema de Pensiones Solidarias

En enero de 2022, al alero de la Ley N° 21.419, se creó la Pensión Garantizada Universal (PGU), beneficio para las personas de 65 años y más, quienes, entre otros requisitos, se encuentren pensionadas o no, trabajando o no, y que integren un grupo familiar perteneciente al 90% de menores ingresos de la población total del país.

Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado completamente con recursos fiscales y se agrega a las pensiones autofinanciadas de las personas, es decir, aquellas pensiones que se generan sólo como resultado de las cotizaciones obligatorias que han realizado durante su vida laboral activa y la rentabilidad de esos fondos.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio para personas que tienen entre 18 años y menos de 65 años y que, entre otros requisitos, hayan han sido declaradas con invalidez por una Comisión Médica y no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarias de una pensión de sobrevivencia.

Es un aporte monetario mensual, de cargo fiscal, para todas aquellas personas que han sido calificadas como inválidas, que habiendo contribuido a un sistema de pensiones, financien una pensión inferior a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBS) y cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

Presentaciones y Documentos de Interés

Proyecto de Ley Reforma Previsional: Nuevo Ahorro Colectivo, Cobertura del Sistema y Pilar Solidario

Presentación del superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, en Diálogo Ciudadano de la Reforma al Sistema de Pensiones, realizado en Villa Polaris. San Bernardo, 31 de agosto de 2017.

Pilar Solidario y Bono por Hijo Nacido Vivo

Presentación del superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, a grupo de adultos mayores en la Ilustre Municipalidad de Caldera. Caldera, III Región, 26 de abril de 2017.

El Sistema de Pensiones Chileno

Presentación del superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, en charla a estudiantes de la Escuela de Periodismo de la Universidad Diego Portales (UDP). Santiago, 27 de septiembre de 2017.

Especiales

Imagen portada tema

Mitos y verdades sobre el sistema de pensiones chileno

Entender cómo funciona el sistema de pensiones, qué beneficios entrega y cuáles son sus objetivos, normas y regulaciones es clave para las personas. Pero igual de importante es la calidad y la veracidad de la información a la que acceden, lo que como Superintendencia de Pensiones nos motiva a poner a disposición de la ciudadanía un documento elaborado especialmente para aclarar una serie de afirmaciones y datos que circulan por redes sociales sobre un tema clave en la vida nacional. Nuestro objetivo es promover un mayor entendimiento sobre nuestro sistema de pensiones y hacerlo con responsabilidad y transparencia.

Resolución Exenta N° 89, del 3 de mayo de 2013

Fórmula de cálculo para el puntaje de focalización previsional. Modifica Resolución Exenta N° 155, de 2010.

Resolución Exenta N° 41, del 1 de marzo de 2013

Fórmula de cálculo para el puntaje de focalización previsional. Modifica Resolución Exenta N° 155, de 2010.

Resolución Exenta N° 549, del 9 de junio de 2011

Fórmula de cálculo para el puntaje de focalización previsional. Modifica Resolución Exenta N° 155, de 2010.

Ley N° 20.459, del 31 de agosto de 2010

Facilita el acceso a las pensiones básicas solidarias (PBS) de invalidez y vejez.

Resolución Exenta N° 164, del 16 de junio de 2010

Fórmula de cálculo para el puntaje de focalización previsional. Modifica Resolución Exenta N° 155, de 2010.

Resolución Exenta N° 155, del 3 de junio de 2010

Fija fórmula matemática de cálculo del puntaje de focalización previsional.

Ley N° 20.366, del 22 de julio de 2009

Adelanta la transición del Sistema de Pensiones Solidarias establecida en la Ley N° 20.255.

Ley N° 20.301, del 20 de octubre de 2008

Modifica la regulación de la cuota mortuoria del seguro escolar y de la asignación por muerte de beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBS) de invalidez, carente de recursos.

Decreto Supremo N° 28, del 6 de junio de 2008

Reglamento para la determinación de beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBS) carentes de recursos.

Decreto Supremo N° 23, del 19 de mayo de 2008

Reglamento del Sistema de Pensiones Solidarias de la Ley N° 20.255.

Decreto N° 18, del 12 de mayo de 2008

Reglamento relativo a las Comisiones Médicas de Invalidez.

Ley N° 20.255, del 17 de marzo de 2008

Crea y establece un Sistema de Pensiones Solidarias mediante el cual el Estado de Chile entrega y financia beneficios como las pensiones básicas solidarias (PBS) de vejez e invalidez y los aportes previsionales solidarios (APS) de vejez e invalidez. Texto actualizado a septiembre de 2025.

Ley N° 21.538, del 26 de enero de 2023, que modifica la Ley N° 21.419 que crea la Pensión Garantizada Universal (PGU) y modifica los cuerpos legales que indica.

Ley N° 21.538, del 26 de enero de 2023

Modifica la Ley N° 21.419 que crea la Pensión Garantizada Universal (PGU) y modifica los cuerpos legales que indica.

Resolución Exenta N° 77, del 12 de julio de 2022, que fija Puntaje de Focalización Previsional a que se refiere el artículo 26 del Decreto Supremo N° 52, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y la fórmula matemática de cálculo para obtenerlo.

Resolución Exenta N° 77, del 12 de julio de 2022

Fija Puntaje de Focalización Previsional a que se refiere el artículo 26 del Decreto Supremo N° 52, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y la fórmula matemática de cálculo para obtenerlo.

Decreto Supremo N° 52, de fecha 8 de junio de 2022, que aprueba el Reglamento del Beneficio de Pensión Garantizada Universal (PGU) establecido en la Ley N° 21.419.

Decreto Supremo N° 52, del 8 de junio de 2022

Aprueba el Reglamento del Beneficio de Pensión Garantizada Universal (PGU) establecido en la Ley N° 21.419.

Resolución Exenta N° 722, del 28 de marzo de 2022, que deja sin efecto las Resoluciones Exentas  N° 802, N° 1.347 y N° 2.276, de 50 de noviembre de 2007, de 3 de octubre de 2008 y de 2 de diciembre de 2009, respectivamente, y aprueba el "Nuevo Procedimiento de Sanciones" asociado al proceso de "Sanciones y Cumplimiento" de la Superintendencia de Pensiones.

Resolución Exenta N° 722, del 28 de marzo de 2022

Deja sin efecto las Resoluciones Exentas N° 802, N° 1.347 y N° 2.276, del 5 de noviembre de 2007, del 3 de octubre de 2008 y del 2 de diciembre de 2009, respectivamente, y aprueba el "Nuevo Procedimiento de Sanciones" asociado al proceso de "Sanciones y Cumplimiento" de la Superintendencia de Pensiones.

Ley N° 21.419, del 29 de enero de 2022, que crea la nueva Pensión Garantizada Universal (PGU). Actualizada a septiembre de 2025.

Ley N° 21.419, del 29 de enero de 2022

Crea la nueva Pensión Garantizada Universal (PGU). Actualizada a septiembre de 2025.

Ley N° 21.314, del 13 de abril de 2021, que establece nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de los mercados, regula la asesoría previsional, y otras materias que indica.

Ley N° 21.314, del 13 de abril de 2021

Establece nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de los mercados, regula la asesoría previsional, y otras materias que indica.

El Sistema de Pensiones Chileno

El Sistema de Pensiones Chileno

Presentación del superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, en charla a estudiantes de la Escuela de Periodismo de la Universidad Diego Portales (UDP). Santiago, 27 de septiembre de 2017.

Proyecto de Ley Reforma Previsional: Nuevo Ahorro Colectivo, Cobertura del Sistema y Pilar Solidario

Proyecto de Ley Reforma Previsional: Nuevo Ahorro Colectivo, Cobertura del Sistema y Pilar Solidario

Presentación del superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, en Diálogo Ciudadano de la Reforma al Sistema de Pensiones, realizado en Villa Polaris. San Bernardo, 31 de agosto de 2017.

Pilar Solidario y Bono por Hijo Nacido Vivo

Pilar Solidario y Bono por Hijo Nacido Vivo

Presentación del superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, a grupo de adultos mayores en la Ilustre Municipalidad de Caldera. Caldera, III Región, 26 de abril de 2017.

Resolución Exenta N° 89, del 3 de mayo de 2013.

Resolución Exenta N° 89, del 3 de mayo de 2013

Fórmula de cálculo para el puntaje de focalización previsional. Modifica Resolución Exenta N° 155, de 2010.

Resolución Exenta N° 41, del 1 de marzo de 2013.

Resolución Exenta N° 41, del 1 de marzo de 2013

Fórmula de cálculo para el puntaje de focalización previsional. Modifica Resolución Exenta N° 155, de 2010.

Resolución Exenta N° 549, del 9 de junio de 2011.

Resolución Exenta N° 549, del 9 de junio de 2011

Fórmula de cálculo para el puntaje de focalización previsional. Modifica Resolución Exenta N° 155, de 2010.

Ley N° 20.459, del 31 de agosto de 2010, que facilita el acceso a las pensiones básicas solidarias (PBS).

Ley N° 20.459, del 31 de agosto de 2010

Facilita el acceso a las pensiones básicas solidarias (PBS) de invalidez y vejez.

Resolución Exenta N° 164, del 16 de junio de 2010.

Resolución Exenta N° 164, del 16 de junio de 2010

Fórmula de cálculo para el puntaje de focalización previsional. Modifica Resolución Exenta N° 155, de 2010.

Resolución N° 155, Exenta del 3 de junio de 2010.

Resolución Exenta N° 155, del 3 de junio de 2010

Fija fórmula matemática de cálculo del puntaje de focalización previsional.

Resolución N° 19, del 1 de febrero de 2010, que adjudica la licitación del servicio de administración de cuentas de capitalización individual a AFP Modelo S.A.

Resolución N° 19, del 1 de febrero de 2010

Adjudica la licitación del servicio de administración de cuentas de capitalización individual a AFP Modelo S.A.

Ley N° 20.366, del 22 de julio de 2009, que adelanta la transición del Sistema de Pensiones Solidarias establecida en la Ley N° 20.255

Ley N° 20.366, del 22 de julio de 2009

Adelanta la transición del Sistema de Pensiones Solidarias establecida en la Ley N° 20.255.

Ley N° 20.301, del 20 de octubre de 2008, que modifica la regulación de la cuota mortuoria del seguro escolar y de la asignación por muerte de beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBS) de invalidez, carente de recursos.

Ley N° 20.301, del 20 de octubre de 2008

Modifica la regulación de la cuota mortuoria del seguro escolar y de la asignación por muerte de beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBS) de invalidez, carente de recursos.

Decreto Supremo N° 28, del 6 de junio de 2008, relativo a reglamento para la determinación de beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBS) carentes de recursos.

Decreto Supremo N° 28, del 6 de junio de 2008

Reglamento para la determinación de beneficiarios de Pensión Básica Solidaria (PBS) carentes de recursos.

Decreto Supremo N° 23 de 2008, del 19 de mayo de 2008, relativo a reglamento del Sistema de Pensiones Solidarias de la Ley N° 20.255.

Decreto Supremo N° 23, del 19 de mayo de 2008

Reglamento del Sistema de Pensiones Solidarias de la Ley N° 20.255.

Decreto N° 18, del 12 de mayo de 2008, relativo al reglamento de las Comisiones Médicas de Invalidez.

Decreto N° 18, del 12 de mayo de 2008

Reglamento relativo a las Comisiones Médicas de Invalidez.

Ley N° 20.255, del 17 de marzo de 2008, que crea un Sistema de Pensiones Solidarias mediante el cual el Estado de Chile entrega y financia beneficios como las pensiones básicas solidarias (PBS) de vejez e invalidez y los aportes previsionales solidarios (APS) de vejez e invalidez. Texto actualizado a septiembre de 2025.

Ley N° 20.255, del 17 de marzo de 2008

Crea y establece un Sistema de Pensiones Solidarias mediante el cual el Estado de Chile entrega y financia beneficios como las pensiones básicas solidarias (PBS) de vejez e invalidez y los aportes previsionales solidarios (APS) de vejez e invalidez. Texto actualizado a septiembre de 2025.

Asignación por muerte

Es un beneficio que busca reembolsar a quien ha pagado los gastos funerarios de una persona fallecida que fue pensionada del sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario.

Aporte Previsional Solidario

A las personas que tienen una pensión menor a la mínima en el sistema de AFP o en el sistema previsional antiguo, el Estado les aporta un complemento en dinero a través del Pilar Solidario.

Pensión Básica Solidaria (PBS)

La Pensión Básica Solidaria (PBS) de vejez y de invalidez se entrega a aquellas personas que por diversas razones no tienen derecho a recibir una pensión tanto como titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia, pero que sí reúnen ciertos requisitos de edad, focalización socioeconómica y residencia señalados en la Ley N° 20.255 para acceder al beneficio.

Imagen portada tema

Mitos y verdades sobre el sistema de pensiones chileno

Entender cómo funciona el sistema de pensiones, qué beneficios entrega y cuáles son sus objetivos, normas y regulaciones es clave para las personas. Pero igual de importante es la calidad y la veracidad de la información a la que acceden, lo que como Superintendencia de Pensiones nos motiva a poner a disposición de la ciudadanía un documento elaborado especialmente para aclarar una serie de afirmaciones y datos que circulan por redes sociales sobre un tema clave en la vida nacional. Nuestro objetivo es promover un mayor entendimiento sobre nuestro sistema de pensiones y hacerlo con responsabilidad y transparencia.

Cuota Mortuoria

Consiste en un aporte en dinero que tiene como objetivo ayudar a pagar los gastos funerarios de una persona afiliada a una administradora de fondos de pensiones (AFP) o que sea beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU) sin derecho a asignación por muerte, debido a que se pensionó a partir de febrero de 2022. Es importante tener presente que no habrá derecho al beneficio de cuota mortuoria cuando el Instituto de Previsión Social (IPS) o la AFP tenga conocimiento de que, en vida, la o el afiliado contrató y pagó, de manera anticipada, los servicios funerarios.

Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APS-Invalidez)

Es un aporte monetario mensual, de cargo fiscal, para todas aquellas personas que han sido calificadas como inválidas, que habiendo contribuido a un sistema de pensiones, financien una pensión inferior a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBS) y cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

Pensión Básica Solidaria (PBS) de Vejez y de Invalidez

La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio para personas que tienen entre 18 años y menos de 65 años y que, entre otros requisitos, hayan han sido declaradas con invalidez por una Comisión Médica y no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarias de una pensión de sobrevivencia.

Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)

El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado completamente con recursos fiscales y se agrega a las pensiones autofinanciadas de las personas, es decir, aquellas pensiones que se generan sólo como resultado de las cotizaciones obligatorias que han realizado durante su vida laboral activa y la rentabilidad de esos fondos.

Sistema de Pensiones Solidarias

En enero de 2022, al alero de la Ley N° 21.419, se creó la Pensión Garantizada Universal (PGU), beneficio para las personas de 65 años y más, quienes, entre otros requisitos, se encuentren pensionadas o no, trabajando o no, y que integren un grupo familiar perteneciente al 90% de menores ingresos de la población total del país.

Pensión y Calificación de Invalidez

Las personas que sufran o experimenten de un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo pueden solicitar a la Comisión Médica respectiva que califique su grado de invalidez para optar a una pensión.

Consulta potencial beneficiaria o beneficiario de PGU o Pensiones Solidarias

Consulta de potencial beneficiaria o beneficiario de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o del Sistema de Pensiones Solidarias

Con esta herramienta, podrá saber si es potencial beneficiaria o beneficiario de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o del Aporte Previsional Solidario (APS) de invalidez.