Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Superintendencia de Pensiones inicia la etapa de inscripción para la séptima prueba de acreditación de conocimientos de asesoras y asesores financieros previsionales y entidades dedicadas a esa actividad

  • Las personas interesadas en el proceso de inscripción para rendir la prueba deben ingresar al Portal de Atención Ciudadana del sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl. Ahí, en la sección de trámites y servicios, se encuentra disponible la opción Acreditación de Conocimientos Técnicos de Asesores Financieros Previsionales que contiene información sobre requisitos, plazos y el formulario para participar del proceso.
     
  • El formulario de inscripción debe enviarse al correo electrónico   prueba.asesoresfinancieros@spensiones.gob.cl, el que fue habilitado también para recibir las consultas sobre el proceso. El plazo máximo de recepción de formularios es el 20 de mayo de 2026.
     
  • Cabe precisar que el Registro de Asesores Financieros Previsionales es distinto al Registro de Asesores Previsionales y son independientes entre sí, de manera que la séptima prueba de acreditación de conocimientos rige únicamente para el primer caso.

Santiago, 07/05/2026.-

Desde el miércoles 6 de mayo y hasta el miércoles 20 de mayo de 2026 estará abierta la etapa de inscripciones para la séptima prueba de acreditación de conocimientos de asesoras y asesores financieros previsionales y de las entidades del área. El objetivo de este proceso de evaluación es que las personas naturales interesadas en la actividad de asesoría financiera previsional puedan demostrar los conocimientos suficientes sobre materias previsionales y de seguros para desarrollar esa labor, conforme con lo dispuesto en el artículo 174 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980.

Las personas interesadas en participar de la séptima prueba deben ingresar al Portal de Atención Ciudadana del sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl, y en la pestaña de Trámites y Servicios entrar a la opción Acreditación de Conocimientos Técnicos de Asesores Financieros Previsionales. También pueden ir director al enlace https://miportal.spensiones.gob.cl/tramite/ficha/40.

En la opción Acreditación de Conocimientos Técnicos de Asesores Financieros Previsionales encontrarán toda la información sobre requisitos, plazos y el formulario de inscripción, único medio para solicitar la participación en la prueba. Cabe precisar que esta se rendirá el próximo 3 de junio.

El formulario de inscripción está disponible en formato PDF y Word, y debe completarse y enviarse al correo electrónico prueba.asesoresfinancieros@spensiones.gob.cl. A este correo también se pueden hacer llegar las consultas relacionadas con la prueba.

Información clave para considerar por parte de las personas interesadas

- El temario para la prueba de acreditación de conocimientos se encuentra establecido en el anexo 1 de la Norma de Carácter General N° 290, del 30 de julio de 2021, de la Superintendencia de Pensiones.

- El artículo 171 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980, considera como asesoría previsional otorgada por asesoras y asesores financieros previsionales o entidades de asesoría financiera previsional, toda aquella asesoría y/o recomendación no personalizada que sea dirigida, por cualquier medio, a personas afiliadas, beneficiarias o pensionadas del sistema o a grupos específicos de aquéllos.

- El Registro de Asesoras y Asesores Previsionales es distinto al Registro de Asesores Financieros Previsionales y son independientes entre sí. De esta manera, la séptima prueba no corresponde al proceso de acreditación de Asesoras y Asesores Previsionales.

- Las asesoras y los asesores financieros previsionales se diferencian de las asesoras y los asesores previsionales en, al menos, los siguientes dos aspectos:

  1. Emiten recomendaciones no personalizadas.
  2. Su ámbito de acción puede incluir sugerencias de cambios de fondos.

- La legislación establece que rendir la prueba también es obligación para los socios, accionistas, administradores y representantes legales de las entidades de asesoría financiera previsional y sus dependientes que desempeñen la función de asesoría financiera previsional.

Cronograma de la séptima prueba

Dada las facultades dispuestas en la legislación vigente, la Superintendencia de Pensiones estableció el siguiente cronograma para la rendición de la séptima prueba de acreditación de conocimientos:

Por último, es importante tener presente que, de acuerdo con la legislación vigente, la prueba de acreditación de conocimientos corresponde al primer hito del proceso de inscripción en el Registro de Asesores Financieros Previsionales.