Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Superintendencia de Pensiones publica norma en consulta que regula elaboración de la memoria del Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional y la información que deberá disponer

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  • La propuesta normativa de la Superintendencia de Pensiones tiene como objetivo regular la Memoria Anual del Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional (AFAPP), estableciendo su estructura, contenidos mínimos, plazos y responsabilidades.
     
  • Lo anterior tiene como finalidad que dicho documento refleje fielmente la gestión institucional, la situación financiera del Administrador y del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP). En este último caso, además, especialmente en lo que dice relación con la evaluación integral y su sustentabilidad financiera.
     
  • La Ley N° 21.735 establece que dentro del primer cuatrimestre de cada año el AFAPP deberá publicar en su sitio web una memoria que describa el trabajo efectuado en el año inmediatamente anterior. Esto se sustenta en los deberes fiduciarios del FAPP respecto de los recursos que administra y la obligación de gestión conforme a principios de transparencia, rendición de cuentas y acceso oportuno a la información.

Santiago, 03/02/2026.-

En línea con la implementación del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) y la regulación de las responsabilidades que competen a su administrador (AFAPP) de acuerdo con lo dispuesto en Ley N° 21.735, esta tarde la Superintendencia de Pensiones (SP) publicó para comentarios la propuesta de norma para regular la elaboración, contenido y publicación de la memoria anual de dicha entidad. La propuesta normativa se sustenta en los deberes fiduciarios del FAPP respecto de los recursos que administra y la obligación de gestión conforme a principios de transparencia, rendición de cuentas y acceso oportuno a la información.

Según el artículo 50 de la Ley N° 21.735, dentro del primer cuatrimestre de cada año el AFAPP deberá publicar en su sitio web institucional una memoria que describa el trabajo efectuado en el año inmediatamente anterior, documento que deberá incluir un reporte de las materias a que se refiere el inciso penúltimo del artículo 31 y una evaluación de la gestión y acciones realizadas en el año calendario anterior.

Dado lo anterior, la propuesta de norma de carácter general de la SP tiene como objetivo regular la Memoria Anual del Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional, estableciendo su estructura, contenidos mínimos, plazos y responsabilidades. Todo esto, con la finalidad de que dicho documento refleje fielmente la gestión institucional, la situación financiera del Administrador y del FAPP, y en este último caso, especialmente en lo que dice relación con la evaluación integral y su sustentabilidad financiera.

El proyecto de norma de carácter general (NCG) tiene como fecha máxima para recibir comentarios el martes 17 de febrero de 2026.

Lo que se propone

De acuerdo con el objetivo de la Ley de Reforma Previsional en la materia, la propuesta normativa de la Superintendencia de Pensiones establece lo siguiente:

  • Confección y aprobación de la memoria anual. La memoria anual deberá ser confeccionada por el AFAPP y aprobada formalmente por el Consejo Directivo, dejando constancia de sus deliberaciones y acuerdos en las actas respectivas.

  • Publicación de la memoria anual. Dentro del primer cuatrimestre de cada año se deberá publicar la memoria en el sitio electrónico del AFAPP.
  • Información institucional y de gobierno corporativo. Deberá informar sobre la composición del Consejo Directivo, incluyendo cambios relevantes ocurridos durante el ejercicio, además de la estructura organizacional, comités legalmente establecidos, principales ejecutivos y dotación de personal.

  • Transparencia en remuneraciones y gastos. Deberá contener información detallada y comparativa sobre las dietas percibidas por los consejeros, además de la información agregada sobre remuneraciones e indemnizaciones de ejecutivos principales. También deberá informar sobre los gastos incurridos por el Administrador y por el FAPP durante el ejercicio.

  • Actividades, funciones y entorno institucional. Se deberá entregar un breve marco institucional y normativo en el que se desarrollan las actividades del AFAPP y su rol dentro del sistema de pensiones. También deberá contener información relevante sobre las actividades realizadas directamente o a través de terceros, beneficios administrados, cotizantes, proveedores, principales contratos, activos, seguros y otros elementos significativos para la comprensión de su gestión.

  • Gestión de riesgos y políticas relevantes. La memoria deberá informar sobre los principales factores de riesgo que afectan al Administrador y al FAPP, además de efectuar una descripción de la política de inversiones y de solución de conflictos de intereses del FAPP. Finalmente, deberá entregar información sobre las entidades que administran la cartera de inversiones del Fondo y los gastos asociados a dicha gestión.

  • Hechos relevantes. Deberá entregar información sobre los hechos relevantes ocurridos durante el ejercicio, así como de aquellos anteriores que hayan tenido o puedan tener efectos significativos en la situación del Administrador o del FAPP.

  • Información financiera y análisis de gestión del AFAPP. Se deberá incluir la información de los estados financieros auditados del Administrador correspondientes a los dos últimos ejercicios, junto con un análisis fundamentado de su situación financiera. Además, deberá incluir una evaluación del cumplimiento del plan de trabajo anual y de los indicadores de desempeño utilizados para verificarlo.

  • Situación del Fondo Autónomo de Protección Previsional. En el documento se deberá informar sobre la situación del FAPP, incorporando una evaluación integral y un análisis de su sustentabilidad financiera. Se debe considerar los estados financieros auditados del FAPP, así como de su Balance Económico. También se deberá informar sobre los principales resultados del estudio actuarial del Fondo, con especial énfasis en su sustentabilidad.

La norma en trámite N° 543 se encuentra publicada en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl, en la sección Fiscalización y Regulación / Regulación / Normativa en consulta.



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