Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Superintendencia de Pensiones publica norma en consulta que regula creación del Registro Público de Proveedores en cada AFP y que contendrá información de empresas proveedoras de servicios del giro

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  • La propuesta de norma busca incorporar las mejores prácticas en materia de transparencia y entrega de información a las personas que participan en el sistema de pensiones.
     
  • Para lo anterior, establece que las administradoras de fondos de pensiones deberán mantener el nuevo Registro Público de Proveedores actualizado y abierto a las personas afiliadas en sus respectivos sitios web, siendo su responsabilidad el contenido, veracidad y la oportuna publicación de cada contrato.
     
  • De acuerdo con la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional, la medida comenzará a regir a partir del 1 de abril de 2027, plazo que también aplicará para el Registro de Contratos que estará a cargo de la Superintendencia de Pensiones.
     
  • El plazo máximo para recibir comentarios respecto de la nueva norma en consulta es el próximo lunes 22 de diciembre.

Santiago, 04/12/2025.-

Con el objetivo de incorporar las mejores prácticas en materia de transparencia y entrega de información a las personas que participan en el sistema, la Superintendencia de Pensiones (SP) publicó esta mañana una nueva norma en consulta que regula la creación e implementación del Registro Público de Proveedores que deberán elaborar y mantener actualizado cada una de las administradora de fondos de pensiones (AFP) respecto de las empresas proveedoras que subcontraten para la prestación de servicios relacionados con su giro y la materia general de los contratos.

De acuerdo con la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional, la medida comenzará a regir a partir del 1 de abril de 2027, plazo que también aplicará para el Registro de Contratos que estará a cargo de la Superintendencia de Pensiones.

Dado lo anterior, el proyecto de norma de carácter general (NCG) -que tiene como fecha máxima para comentarios el 22 de diciembre de 2025- contiene las instrucciones necesarias para regular la creación, mantención y actualización del registro público de proveedores contratados para la prestación de servicios por parte de las AFP y del Registro de Contratos a cargo de la SP.

La propuesta normativa plantea que las AFP deberán mantener en sus respectivos sitios web un registro público de las empresas y personas contratadas para la prestación de servicios relacionados con su giro, siendo una herramienta digital de libre acceso público y que deberá permitir la descarga de su información en formato electrónico.

Precisa que el Registro Público de Proveedores deberá incluir, a lo menos, nombre o razón social, RUT, descripción del servicio subcontratado y las fechas del contrato (suscripción, vigencia y expiración). La información deberá actualizarse dentro de los cinco días hábiles siguientes de la suscripción, modificación, renovación o término de cada contrato.

También se establece que el nuevo Registro Público de Proveedores tendrá carácter permanente y deberá estar actualizado, siendo responsabilidad de cada administradora su contenido, veracidad y oportuna publicación.

La nueva norma en trámite (NT) N° 536 se encuentra publicada en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl / Fiscalización y Regulación / Regulación / Normativa del Sistema de Pensiones / Normativa en consulta.



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