Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Superintendencia de Pensiones publica norma en consulta con instrucciones por aumento de PGU a $ 250.000 para personas de 82 años o más a partir de septiembre próximo

bases de datos, pensionados, retiro programado, sistema de reparto, pilar solidario, PBS, APS
  • Para asegurar el correcto y oportuno proceso de pago del nuevo monto, el proyecto de norma de carácter general contiene las instrucciones para que el Instituto de Previsión Social lleve adelante los cambios de procedimiento y operativos que garanticen la entrega del beneficio a todas las personas que desde el 1 de septiembre cumplan con el requisito de los 82 años de edad o más.
     
  • El aumento de la PGU, desde los actuales $ 224.004 a un monto de $ 250.000, es una de las medidas de la nueva Ley de Reforma Previsional más esperadas por la población adulta mayor del país.
     
  • De acuerdo con los datos de la SP, en la actualidad unas 400.000 personas beneficiarias de PGU tienen 82 años de edad o más. A ese grupo se agregan otras 300.000 personas que son beneficiarias del Pilar Solidario de Invalidez, tanto porque reciben pensión básica solidaria de invalidez (PBSI) o aporte previsional solidario (APS).

Santiago, 31/03/2025.-

A partir del próximo 1 de septiembre comenzará a regir el primer beneficio monetario inmediato contemplado en la Ley de Reforma Previsional, como es el aumento a $ 250.000 de la Pensión Garantizada Universal (PGU) para las personas de 82 años o más que cumplan con los requisitos de acceso. El más importante es que aquellas personas no integren o pertenezcan a un grupo familiar del 10% de mayores ingresos de la población.

El aumento de la PGU, desde los actuales $ 224.004 a un monto de $ 250.000, es una de las medidas de la Ley de Reforma Previsional más esperadas por la población adulta mayor del país. De ahí que, para asegurar el correcto y oportuno proceso de pago del nuevo monto, la Superintendencia de Pensiones (SP) publicó esta tarde el proyecto de norma de carácter general (NCG) con las instrucciones para que el Instituto de Previsión Social (IPS) lleve adelante los cambios de procedimiento y operativos necesarios que garanticen la entrega del beneficio a todas aquellas personas que a partir de septiembre cumplan 82 años y también a quienes para esa fecha ya tengan esa edad o más años.

Cabe recordar que la Ley de Reforma Previsional también amplió la cobertura de la PGU, determinando el acceso y el monto de $ 250.000 para aquellas personas de 82 años o más que hoy son beneficiarias de las denominadas pensiones de gracia (Ley N° 18.056) y de las pensiones de leyes de reparación (N° 19.123, N° 19.234, N° 19.980 y N° 19.992).

Asimismo, desde septiembre de 2027 también accederán a una proporción de la PGU las personas titulares de pensiones de montepío de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) que no tengan otra pensión en cualquier régimen previsional.

De acuerdo con los datos de la SP, en la actualidad unas 400.000 personas beneficiarias de PGU tienen 82 años de edad o más, de manera que en septiembre recibirán el aumento en el monto de la actual PGU que es de $ 224.004.

A ese grupo se suman otras 300.000 personas beneficiarias del Pilar Solidario de Invalidez, porque reciben pensión básica solidaria de invalidez (PBSI) o aporte previsional solidario de invalidez (APSI).

En su propuesta normativa, la Superintendencia de Pensiones instruye específicamente al IPS para que a partir de junio de 2025 intercambie con las entidades pagadoras de pensión los archivos necesarios que permitan la entrega correcta del beneficio. Esto, con el objetivo de que la institución pública realice un proceso de marcha blanca para asegurar el éxito del proceso de pago desde septiembre próximo.

Se estima que como resultado del aumento del monto del valor de la PGU es posible que se presentan situaciones de pensionadas y pensionados que hoy se encuentran recibiendo el aporte previsional solidario de vejez (APSV) y a quienes, eventualmente, pudiera serles más conveniente optar por la PGU. Por esta razón, la autoridad también instruye al IPS para que evalúe la situación de esas personas y de concluir que les resulta más conveniente optar por la PGU, las contacte y les recomiende efectuar la solicitud respectiva.

Medidas para la gradualidad

El proyecto de norma -que tiene fecha para recibir comentarios hasta el 11 de abril próximo- establece que a partir del mes en que una persona cumpla el requisito de edad tendrá derecho al monto de la PGU de $ 250.000, razón por la que se instruye al IPS a que mensualmente valide la edad de las y los actuales beneficiarios con sus registros y/o sistemas de información que disponga.

Dicha instrucción tiene como objetivo que el nuevo monto sea pagado oportunamente a cada persona beneficiaria a medida que va cumpliendo con el requisito de edad establecido en el calendario de aumento de la PGU: desde el 1 de septiembre de 2026 regirá para quienes a esa fecha cumplan o tengan 75 o más años, mientras que desde el 1 de septiembre de 2027 para todas las personas beneficiarias de 65 años o más.



bases de datos, pensionados, retiro programado, sistema de reparto, pilar solidario, PBS, APS