Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Sólo un oferente presentó oferta en el proceso de licitación de nuevos afiliados al sistema de fondos de pensiones

bases de datos, pensionados, retiro programado, sistema de reparto, pilar solidario, PBS, APS
  • La oferta presentada corresponde a la administradora de fondos de pensiones AFP UNO.
  • En la actualidad, la comisión más baja que cobra una administradora de fondos de pensiones por gestionar los ahorros previsionales obligatorios de las personas es de 0,49% de la remuneración o renta imponible. En tanto, la comisión más alta cobrada por una administradora es de 1,45%.

Santiago, 21/02/2025.-

Sólo un oferente presentó oferta en el marco de la licitación pública para la prestación del servicio de administración de cuentas de capitalización individual. De acuerdo con lo informado por la Superintendencia de Pensiones, que realizó esta mañana la apertura del sobre N° 1 sobre Antecedentes de Oferentes, ésta corresponde a la administradora de fondos de pensiones AFP UNO. El siguiente paso es la evaluación de antecedentes por parte de la Comisión Evaluadora.

La cartera de nuevas afiliadas y afiliados se compone de todas las personas que se incorporen al sistema de pensiones como trabajadoras o trabajadores dependientes o independientes o afiliados voluntarios. La licitación en curso es la novena desde que la reforma previsional de 2008 estableció este mecanismo para incentivar la competencia e incrementar la eficiencia entre las distintas administradoras a través del cobro de comisiones más competitivas o menores por la gestión de los ahorros previsionales.

Lo anterior es relevante para las personas, ya que de la cotización mensual que realizan en su cuenta de capitalización individual obligatoria y que se rebaja de su remuneración o renta imponible, un 10% se destina a ahorro previsional y otro porcentaje, que varía según la AFP en la que se encuentra afiliada, va directo a pagar la comisión que esa administradora le cobra por gestionar sus fondos de pensiones.

A la fecha, la comisión más baja que cobra una administradora por gestionar los ahorros previsionales de la o el afiliado es de 0,49%, la cual se descuenta de la remuneración o renta imponible de la o el trabajador, por lo tanto, a menor comisión hay mayor salario líquido. En tanto, la más alta cobrada por una administradora es de 1,45%.

De acuerdo con las bases de la licitación, podían participar en el proceso todas las administradoras de fondos de pensiones existentes y aquellas personas jurídicas nacionales o extranjeras que aun cuando no hubieran estado constituidas como tales, hubiesen contado con el certificado provisional de autorización otorgado por la Superintendencia, según lo establecido en el artículo 130 de la Ley N° 18.046, y que hubiesen cumplido con los requisitos definidos en las respectivas bases de licitación.


bases de datos, pensionados, retiro programado, sistema de reparto, pilar solidario, PBS, APS