Comisión Ergonómica Nacional
Identificación
La Comisión Ergonómica Nacional (CEN), creada por la Ley N° 19.404 de 1995, es la entidad encargada de la calificación de una labor considerada como Trabajo Pesado. Esta ley considera la posibilidad de anticipar la edad de retiro a aquellas personas que se desempeñen en puestos definidos como trabajo pesado, estableciendo una cotización superior al 10% obligatorio. De esta forma, se busca que la persona que a futuro se pensione acumule en su cuenta de capitalización individual en la AFP un monto suficiente de recursos para financiar más años de pensión, teniendo menos años de cotizaciones.
La ley establece la conformación de la CEN y está constituida por las siguientes personas:
Comisión Ergonómica Nacional (CEN) | ||
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Presidente | Pía Repetto Vergara | Médica especialista en Medicina Ocupacional |
Secretaria | Claudia Muñoz Venegas | Ingeniera Civil experta en Higiene Industrial |
Integrantes | Tomás Oksenberg Reisberg | Médico especialista en Traumatología y Ortopedia |
Oscar Zavala Icarte | Ingeniero Civil experto en Prevención de Riesgos | |
Victoria Ratinoff Ferrera | Profesional Universitaria experta en Ergonomía | |
Jorge González Castillo | Representante de la Central Sindical más importante del país | |
Juan Fernando Vélez Ponce | Representante de la Organización Empresarial más representativa del país |
Por su parte, todos los dictámenes de la CEN pueden ser apelados y es la Comisión de Apelaciones (CA), también creada por la Ley N° 19.404 de 1995, la entidad encargada de resolver estos reclamos.
La Comisión de Apelaciones está constituida por las siguientes personas:
Comisión de Apelaciones (CA) | ||
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Presidenta | Patricia Vaccia Izami | Médica especialista en Medicina Ocupacional |
Secretario | Ximena Bravo Cavicchioli | Ingeniera Civil experta en Higiene Industrial |
Integrante | Luis Torres Zamorano | Profesional Universitario experto en Ergonomía |
Procedimiento
El requerimiento de calificación de una labor como trabajo pesado puede ser efectuado por la trabajadora o el trabajador, la o el empleador, el sindicato y/o la delegada o el delegado del personal. Debe ser presentado mediante el formulario electrónico disponible en el Portal de Atención Ciudadana del sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl, en la sección Trámites y Servicios, Calificación de Trabajo Pesado.
En caso de apelación contra el dictamen de la CEN, será la Comisión de Apelaciones (CA) la entidad encargada de resolver la calificación. Para ello, se requiere presentar una Apelación de Trabajo Pesado, formulario electrónico que también se encuentra disponible en la sección de Trámites y Servicios del Portal de Atención Ciudadana del sitio web de la Superintendencia de Pensiones.
Puestos de trabajo calificados
Los siguientes son los puestos de trabajo calificados como trabajo pesado, actualizados a agosto de 2024.
Normas de evaluación
La Guía Técnica es un instrumento orientador para la evaluación y la calificación de trabajo pesado, aportando herramientas y criterios objetivos en relación a factores organizacionales, mentales, ambientales y físicos que inciden en la caracterización de los puestos de trabajo.