Registro de Asesores Financieros Previsionales
Solicitud de inscripción al registro
Para proteger a las y los afiliados al sistema de pensiones, la normativa vigente establece disposiciones y obligaciones que deben cumplir las personas naturales o entidades que realicen la actividad de asesoría financiera previsional. Esto, según la Ley N° 21.314, publicada el 13 de abril de 2021, que incorporó nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de mercado, al tiempo que regula la asesoría previsional colectiva.
Es así como al alero de esta nueva regulación se entenderá como entidades de asesoría financiera previsional y asesores financieros previsionales a aquellas personas naturales o jurídicas que realicen actividades del inciso primero del artículo 171, del D.L. N° 3.500, de 1980, de forma no personalizada, es decir, colectiva o grupal.
Según el mencionado inciso, "la asesoría previsional tendrá por objeto otorgar información a los afiliados y beneficiarios del sistema, considerando de manera integral todos los aspectos que dicen relación con su situación particular y que fueren necesarios para adoptar decisiones informadas de acuerdo a sus necesidades e intereses, en relación con las prestaciones y beneficios que contempla esta ley".
Para ejercer lo anterior, quienes hayan aprobado la prueba de acreditación de conocimientos aplicada por la Superintendencia de Pensiones y cumplan con los requisitos establecidos en la normativa, deben inscribirse en el Registro de Asesores Financieros Previsionales y de Entidades de Asesoría Financiera Previsional.
¿Quiénes pueden solicitar su inscripción?
Las personas interesadas en solicitar su inscripción al Registro de Asesoras y Asesores Financieros Previsionales deben haber aprobado la evaluación para acreditar los conocimientos sobre materias previsionales y de seguros, y cumplir con los requisitos que establecen el D.L. N° 3500, de 1980, en esta materia, como también de lo estipulado en las Normas de Carácter General N° 290 de la Superintendencia de Pensiones y N° 459 de la Comisión para el Mercado Financiero.
¿Dónde y cómo solicitar su inscripción?
El trámite de solicitud de inscripción en el registro se podrá realizar en los sitios web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl, y de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), www.cmfchile.cl, de acuerdo con lo siguiente:
a) Si es persona natural, debe enviar la solicitud al correo electrónico registroasesoresfinancieros@spensiones.cl, adjuntando la documentación requerida, actualizada y digitalizada en formato PDF. El correo debe indicar como asunto lo siguiente: Solicitud de inscripción al registro (persona natural).
A más tardar, el día hábil siguiente de enviada la solicitud, la o el interesado recibirá un correo electrónico informando sobre la conformidad en la recepción de su requerimiento.
Los documentos requeridos en este caso son:
- Cédula de identidad (ambos lados).
- Certificado de estudios (acreditación de enseñanza media o estudios equivalentes).
- Certificado de antecedentes comerciales emitido por la Cámara de Comercio de Chile.
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil para fines especiales.
- Certificado de permanencia definitiva, y cédula de extranjería al día, en el caso de ser extranjero.
- Boleta de Garantía o Póliza de Seguro.
- Declaración jurada.
- Solicitud Inscripción Persona Natural (descargar documento disponible al final de está página).
b) Si es una persona jurídica, la solicitud de inscripción en el respectivo registro debe ser solicitada por la o el representante legal mediante el envío de un correo electrónico a la casilla registroasesoresfinancieros@spensiones.cl. En el correo deberá adjuntar la documentación actualizada y digitalizada en formato PDF, indicando en el asunto lo siguiente: Solicitud de inscripción al registro (persona jurídica).
A más tardar, el día hábil siguiente de enviada la solicitud recibirá un correo electrónico informando sobre la conformidad en la recepción de su requerimiento.
Los documentos requeridos en este caso son:
- Copia de la escritura de constitución y de sus modificaciones.
- Inscripción en el Registro de Comercio, con sus anotaciones marginales.
- Certificado de vigencia (salvo en el caso de sociedades constituidas conforme a lo establecido en la Ley N° 20.659).
- Boleta de Garantía o Póliza de Seguro.
- Solicitud Inscripción Persona Jurídica (descargar documento disponible al final de está página).
¿Cuáles son los plazos del proceso?
Una vez recepcionada la solicitud de incorporación al registro, la Superintendencia de Pensiones y la CMF tendrán un plazo de 20 días hábiles para comunicar su aprobación, rechazo, observaciones a subsanar u otro. En todos los casos, se entenderá que el trámite finalizó y en caso de que la o el usuario haya recibido observaciones a su solicitud, se considerará como un nuevo trámite, iniciando el proceso antes descrito nuevamente.
Finalmente, la o el usuario aprobado podrá consultar su registro en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones y de la CMF.
Solicitudes de inscripción y declaración jurada
A continuación, se encuentran disponibles -para ser descargados- los formularios de Solicitud de Inscripción al Registro para personas naturales y para personas jurídicas, además de la Declaración Jurada.
Solicitud Inscripción al Registro Persona Natural:
Solicitud Inscripción al Registro Persona Jurídica:
Declaración Jurada: