Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Información histórica de las AFP

Resoluciones y autorizaciones

Las administradoras de fondos de pensiones (AFP) con un asterisco * ya no existen en el sistema por (i) haber sido absorbidas por otras administradoras, (ii) en mérito de una fusión, o (iii) por haberse efectuado a su respecto su liquidación.


AFP Modelo S.A.

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-188-2007, publicada el 6 de febrero de 2007.

AFP Santa María S.A., actualmente AFP Capital S.A.

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-001-81, de fecha 20 de enero de 1981.
  • Se autoriza cambio de razón social a AFP Capital S.A. por Resolución N° E-196-2008, publicada el 17 de marzo de 2008.

AFP Habitat S.A.

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-002-81, de fecha 21 de enero de 1981.

AFP Provida S.A.

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-006-81, de fecha 1 de abril de 1981.

AFP Cuprum S.A.

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-012-81, de fecha 28 de abril de 1981.

AFP San Cristóbal S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-003-81, de fecha 4 de marzo de 1981.
  • Se cancela su existencia por Resolución N° E-042-85, de fecha 28 de junio de 1985.

AFP El Libertador S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-004-81, de fecha 23 de marzo de 1981.
  • Se cancela su existencia por Resolución N° E-107-95, de fecha 2 de mayo de 1995


AFP Planvital S.A.

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-007-81, de fecha 3 de abril de 1981.
  • Se cancela su existencia por Resolución N° E-081-93, de fecha 20 de septiembre de 1993, dejando sin efecto Resolución N° E-080-93 y se dicta nueva resolución que aprueba fusión de AFP Planvital S.A. y AFP Invierta S.A. y nuevos estatutos de entidad fusionada, AFP Planvital S.A.

AFP Summa S.A.

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-005-81, de fecha 26 de marzo de 1981.

AFP Alameda S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-009-81, de fecha 10 de abril de 1981.
  • Se cancela su existencia por Resolución N° E-146-98, de fecha 1 de junio de 1998.

AFP Concordia S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-010-81, de fecha 23 de abril de 1981.
  • Se cancela su existencia por Resolución N° E-121-95, de fecha 29 de diciembre de 1995.

AFP Invierta S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-013-81, de fecha 28 de abril de 1981.
  • Se cancela su autorización de existencia por Resolución N° E-181-2004, de fecha 1 de marzo de 2004, publicada en el Diario Oficial, con fecha 2 de marzo de 2004.

AFP Magister S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-016-81, de fecha 25 de agosto de 1981.

AFP Protección S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-045-86, de fecha 17 de enero de 1986.

AFP Futuro S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-051-88, de fecha 1 de julio de 1988.
  • Se cancela su autorización de existencia por Resolución N° E-132-96, de fecha 2 de noviembre de 1996.

AFP Bannuestra S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-054-89, de fecha 27 de octubre de 1989.
  • Se cancela la autorización de existencia por Resolución N° E-056, de fecha 25 de marzo de 1991, y se aprueba el proceso de su liquidación por Resolución N° E-063, de fecha 3 de junio de 1992.

AFP BanguardiaS.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-058-91, de fecha 15 de noviembre de 1991.
  • Se cancela la autorización de existencia por Resolución N° E-106-95, de fecha 2 de mayo de 1995.

AFP Qualitas S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-059-92, de fecha 16 de marzo de 1992.
  • Se cancela su autorización de existencia, por Resolución N° E-110-95, de fecha 1 de junio de 1995.

AFP Laboral S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-062-92, de fecha 25 de mayo de 1992.
  • Se revoca su autorización de existencia por Resolución N° E-90-94, de fecha 4 de abril de 1994.

AFP Bansander S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-064-92, de fecha 4 de junio de 1992.
  • Se cancela su autorización de existencia por Resolución N° E-150-98, de fecha 3 de agosto de 1998.

AFP Fomenta S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-065-92, de fecha 12 de junio de 1992.
  • Se cancela su autorización de existencia por Resolución N° E-153-98, de fecha 1 de octubre de 1998.

AFP Previpan S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-066-92, de fecha 7 de julio de 1992.
  • Se cancela la autorización de existencia por Resolución N° E-117-95, de fecha 31 de agosto de 1995.

AFP Valora S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-073-93 de fecha 24 de marzo de 1993, con el nombre de AFP Norprevisión S.A. y que por reforma de sus estatutos adoptó el nombre de AFP Valora S.A., según Resolución que aprobó dicha reforma N° E-089-94, de fecha 30 de marzo de 1994.

AFP GeneraS.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-085-93, de fecha 8 de febrero de 1993.
  • Se declara la quiebra de A.F.P. Genera S.A., con fecha 2 de agosto de 1995, por el sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° 2.446-95, y por Resolución N° E-114-95, de fecha 3 de agosto de 1995, de esta Superintendencia, se dispone la liquidación del Fondo de Pensiones Genera.

AFP Aporta S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-078-93, de fecha 23 de agosto de 1993.

AFP Armoniza S.A.*

  • Se autoriza su existencia por Resolución N° E-083-93, de fecha 4 de noviembre de 1993.
  • Se cancela su autorización de existencia por Resolución N° E-128-96, de fecha 30 de agosto de 1996.


Fusiones


AFP Alameda S.A. y AFP San Cristóbal S.A.

Por Resolución N° E-042-85, de fecha 28 de junio de 1985, se fusionan las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Alameda S.A. y San Cristóbal S.A., incorporándose esta última a aquella que la absorbe, pasando a denominarse la sociedad fusionada y continuadora legal AFP Unión S.A., y se declara disuelta la sociedad AFP San Cristóbal S.A.

  • Continuadora legal: AFP Unión S.A.

AFP Planvital S.A. y AFP Invierta S.A.

Por Resolución N° E-081-93, de fecha 20 de septiembre de 1993, se aprueba la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Planvital S.A. e Invierta S.A., por incorporación de la primera a esta última que la absorbe, adoptando en sus nuevos estatutos el nombre de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Planvital S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se declara disuelta, al momento de entrar en vigencia la fusión, la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Planvital S.A., cuya autorización de existencia había sido otorgada por Resolución N° E-007-81, de fecha 3 de abril de 1981, de esta Superintendencia.

La fusión comenzó a regir a los 60 días de practicada la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial, que fue el día 2 de octubre de 1993. En consecuencia, la fusión comenzó a regir el 1 de diciembre de 1993.

  • Continuadora legal: AFP Invierta S.A. con el nombre de AFP Planvital S.A.

AFP Previpan S.A. y AFP Genera S.A.

Por Resolución N° E-100-94, de fecha 21 de octubre de 1994, se autoriza la fusión de ambas administradoras, por incorporación de AFP Genera S.A. a AFP Previpan S.A., que la absorbe, denominándose su continuadora legal, AFP Genera S.A.

Sin embargo, por Resolución N° E-103-94, de fecha 27 de diciembre de 1994, esta Superintendencia revoca la autorización de fusión de ambas administradoras en una sola entidad.


AFP Santa María S.A. y AFP Banguardia S.A.

Resolución N° E-106-95, de fecha 2 de mayo de 1995, esta Superintendencia autoriza la fusión de AFP Santa María S.A. y de AFP Banguardia S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Santa María S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Banguardia S.A., otorgada por Resolución N° E-058-91, de fecha 15 de noviembre de 1991.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Santa María S.A., el 100% de las acciones de AFP Banguardia S.A. por lo que la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103. de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 de mayo de 1995.

  • Continuadora legal: AFP Santa María S.A.

AFP Provida S.A. y AFP El Libertador S.A.

Por Resolución N° E-107-95, de fecha 2 de mayo de 1995, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Provida S.A. y AFP El Libertador S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Provida S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución, se cancela la autorización de existencia de AFP. El Libertador S.A., otorgada por Resolución N° E-004-81, de fecha 23 de marzo de 1981, aprobados sus estatutos por Resolución N° E-021-81, de fecha 28 de diciembre de 1981.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Provida S.A., el 100% de las acciones de AFP El Libertador S.A., por lo que la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 de mayo de 1995.

  • Continuadora legal: AFP Provida S.A.

AFP Valora S.A. y AFP Qualitas S.A.

Por Resolución N° E-110-95, de fecha 1 de junio de 1995, esta Superintendencia autorizó la fusión de de AFP Valora S.A. y de AFP Qualitas S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Valora S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Qualitas S.A., otorgada por Resolución N° E-059-92, de fecha 16 de marzo de 1992.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Valora S.A. el 100% de las acciones de AFP Qualitas S.A., por lo que la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, de conformidad a lo dispuesto en el N°2 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 junio de 1995.

  • Continuadora legal: AFP Valora S.A.

AFP Valora S.A. y AFP Previpan S.A.

Por Resolución N° E-117-95, de fecha 31 de agosto de 1995, esta Superintendencia aprueba la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Previpan S.A. y Valora S.A., por incorporación de la primera a la segunda, que la absorbe, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Valora S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se declara disuelta la AFP Previpan S.A., cuya autorización de existencia había sido otorgada por Resolución N° E-066-92, de fecha 7 de julio de 1992.

La fusión comenzó a regir a los 60 días de practicada la publicación de la Resolución en el Diario Oficial, el 2 de septiembre de 1995. En consecuencia, la fusión se inició el 1 de noviembre de 1995.

  • Continuadora legal: AFP Valora S.A.

AFP Planvital S.A. y AFP Concordia S.A.

Por Resolución N° E-121-95, de fecha 29 de diciembre de 1995, esta Superintendencia aprueba la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Planvital S.A. y Concordia S.A., por incorporación de la segunda a la primera que la absorbe, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Planvital S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se declara disuelta, al momento de entrar en vigencia la fusión, la AFP Concordia S.A., cuya autorización de existencia había sido otorgada por Resolución N° E-010-81, de fecha 23 de abril de 1981.

La fusión comenzó a regir a los 60 días de practicada la publicación de la Resolución en el Diario Oficial, el 30 de diciembre de 1995. En consecuencia, la fusión se inició el 1 de marzo de 1996.

  • Continuadora legal: AFP Planvital S.A.

AFP Valora S.A. y AFP Armoniza S.A.

Por Resolución N° E-128-96, de fecha 30 de agosto de 1996, esta Superintendencia aprueba la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Valora S.A. y Armoniza S.A., por incorporación de la segunda a la primera que la absorbe, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Qualitas S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se declara disuelta, al momento de entrar en vigencia la fusión, la AFP Armoniza S.A., cuya autorización de existencia había sido otorgada por Resolución N° E-083-93, de fecha 4 de noviembre de 1993.

La fusión comenzó a regir a los 60 días de practicada la publicación de la Resolución en el Diario Oficial, el 2 de septiembre de 1996. En consecuencia, la fusión se inició el 1 de noviembre de 1996.

  • Continuadora legal: AFP Valora S.A. con el nombre de AFP Qualitas S.A.

AFP Magister S.A. y AFP Futuro S.A.

Por Resolución N° E-132-96, de fecha 4 de noviembre de 1996, esta Superintendencia autorizó la fusión de los fondos de pensiones de AFP Magister S.A. y de AFP Futuro S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Magister S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Futuro S.A., otorgada por Resolución N° E-051-88, de fecha 1 de julio de 1988.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Magister S.A., el 100% de las acciones de AFP Futuro S.A., por lo que la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige retroactivamente a contar del 1 de noviembre de 1996.

  • Continuadora legal: AFP Magister S.A.

AFP Provida S.A. y AFP Unión S.A.

Por Resolución N° E-146-98, de fecha 1 de junio de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Provida S.A. y Unión S.A., por incorporación de la segunda a la primera que la absorbe, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Provida S.A. Asimismo, se fusionaron los fondos de pensiones de ambas administradoras, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Provida S.A.

Por otra parte, en virtud de dicha Resolución se declara disuelta y se cancela la autorización de existencia de AFP Unión S.A., otorgada a su antecesora legal, AFP Alameda S.A. por Resolución N° E-009-81, de fecha 10 de abril de 1981, de esta Superintendencia, la que se fusionó con AFP San Cristóbal S.A., por incorporación de ésta última a la primera que la absorbió, según consta de la Resolución que aprobó la fusión, N° E-042-85 de fecha 28 de junio de 1985, adoptando el nombre de AFP Unión S.A.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Provida S.A., el 99,99% de las acciones de AFP Unión S.A., adoptando la junta de accionistas respectiva el acuerdo de disolverse anticipadamente y fusionarse con AFP Provida, en conformidad a lo dispuesto en el N° 3 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 de junio de 1998, fecha de la respectiva Resolución.

  • Continuadora legal: AFP Provida S.A.

AFP Summa S.A. y AFP Bansander S.A.

Por Resolución N° E-150-98, de fecha 3 de agosto de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de los fondos de pensiones de AFP Summa S.A. y de AFP Bansander S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Summa Bansander S.A. Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Bansander S.A., otorgada por Resolución N° E-064-92, de fecha 4 de junio de 1992.

Lo anterior, se produce por haber comprado AFP Summa S.A., el 100% de las acciones de AFP Bansander S.A., por lo que la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige retroactivamente a contar del 1 de agosto de 1998, fecha en que se disolvió AFP Bansander S.A.

  • Continuadora legal: AFP Summa S.A. con el nombre de AFP Summa Bansander S.A., el cual es reemplazado por el de AFP Bansander S.A., pudiendo utilizar también el nombre de AFP Bansander y Bansander AFP., según Resolución N° E-184-2005, de fecha 28 de enero de 2005, de esta Superintendencia.

AFP Magister S.A. y AFP Qualitas S.A.

Por Resolución N° E-151-98, de fecha 1 de septiembre de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Magister S.A. y Qualitas S.A., por incorporación de la segunda a la primera que la absorbe, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Magister S.A.

Asimismo, se fusionaron los fondos de pensiones de ambas administradoras, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Magister S.A. Por otra parte, en virtud de dicha Resolución se declara disuelta y se cancela la autorización de existencia de A.F.P. Qualitas S.A., otorgada a su antecesora legal, AFP Valora S.A. por Resolución N° E-073-93, de fecha 24 de marzo de 1993, de esta Superintendencia, la que se fusionó con AFP Armoniza S.A., por incorporación de esta última a la primera que la absorbió, según consta de la Resolución que aprobó la fusión, N° E-128-96, de fecha 30 de agosto de 1996, adoptando el nombre de AFP Qualitas S.A.

Lo interior se produce por haber comprado AFP Magister S.A., el 84,59% de las acciones de AFP Qualitas S.A., adoptando la junta de accionistas respectiva el acuerdo de disolverse anticipadamente y fusionarse con AFP Magister en conformidad a lo dispuesto en el N° 3 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 de septiembre de 1996, fecha de la respectiva Resolución.

  • Continuadora legal: AFP Magister S.A.

AFP Aporta S.A. y AFP Fomenta S.A.

Por Resolución N° E-153-98, de fecha 1 de octubre de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Aporta S.A. y AFP Fomenta S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Aporta S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Fomenta S.A., otorgada por Resolución N° E-065-92, de fecha 12 de junio de 1992.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Aporta S.A. el 100% de las acciones de AFP Fomenta S.A., por lo que la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 de octubre de 1998, fecha en que se disuelve AFP Fomenta S.A., en mérito de la Resolución respectiva.

  • Continuadora legal: AFP Aporta S.A.

AFP Provida S.A. y AFP Protección S.A.

Por Resolución N° E-156-98, de fecha 31 de diciembre de 1998, esta Superintendencia autorizó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Provida S.A. y Protección S.A., por incorporación de la segunda a la primera, que la absorbe, denominándose Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Provida S.A.

Asimismo, se fusionaron los fondos de pensiones de ambas administradoras, conformando el Fondo de Pensiones de AFP Provida S.A.

Por otra parte, en virtud de dicha Resolución se declara disuelta y se cancela la autorización de existencia de AFP Protección S.A., otorgada mediante Resolución N° E-045-86, de fecha 17 de enero de 1986.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Provida S.A., el 100,00% de las acciones de AFP Protección S.A., adoptando la junta de accionistas respectiva el acuerdo de disolverse anticipadamente y fusionarse con AFP Provida, en conformidad a lo dispuesto en el N° 3 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 de enero de 1999, fecha de la respectiva Resolución.

  • Continuadora legal: AFP Provida S.A.

AFP Aporta Fomenta S.A. y AFP Magister S.A.

Por Resolución N° E-168-2001, de fecha 1 de febrero de 2001, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Magister S.A. y de AFP Aporta Fomenta S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Magister S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Aporta Fomenta S.A., otorgada por Resolución N° E-078-93, de fecha 23 de agosto de 1993.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Magister S.A. el 100% de las acciones de AFP Aporta Fomenta S.A., por lo que la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 de febrero de 2001, fecha en que se disuelve AFP Aporta Fomenta S.A., en mérito de la Resolución respectiva.

  • Continuadora legal: AFP Magister S.A.

AFP Planvital S.A. y AFP Magister S.A.

Por Resolución N° E-181-2004, de fecha 1 de marzo de 2004, publicada en el Diario Oficial el 2 de marzo de 2004, esta Superintendencia autorizó la fusión de AFP Magister S.A. y de AFP Planvital S.A., y la de los fondos de pensiones que administran, por incorporación de ésta a la primera, que la absorbe, adoptando en sus nuevos estatutos el nombre de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Planvital S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Planvital S.A., otorgada por Resolución N° E-013-81, de fecha 28 de abril de 1981.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Magister S.A. el 100% de las acciones de AFP Planvital S.A., por lo que la sociedad se disuelve por el sólo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103 de la Ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas.

La fusión rige a contar del 1 de marzo de 2004, fecha en que se disuelve AFP Planvital S.A., en mérito de la Resolución respectiva.

  • Continuadora legal: AFP Magister S.A. con el nombre de AFP Planvital S.A.

AFP Santa María S.A. y AFP Bansander S.A.

Mediante resolución N° E-196-2008 de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, publicada en el Diario Oficial el 17 de marzo de 2008, se aprobó la reforma introducida a los estatutos de AFP Santa María S.A., mediante la cual se establece el cambio de nombre de la AFP Santa María S.A. por AFP Capital S.A.

Por Resolución N° E-197-2008, de fecha 1 de abril de 2008, esta Superintendencia autorizó la fusión de los fondos de pensiones de AFP Capital S.A. y de AFP Bansander S.A., conformando el Fondo de Pensiones de AFP Capital S.A.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Bansander S.A.

Lo anterior se produce por haber comprado AFP Capital S.A., el 100% de las acciones de A.F.P. Bansander S.A., por lo que la sociedad se disuelve por el solo ministerio de la ley, en conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 103 de la Ley N° 18.046.

La fusión rige a contar del 1 de abril de 2008, fecha en que se disolvió AFP Bansander S.A.

  • Continuadora legal: AFP Capital S.A., ex AFP Santa María S.A.

AFP Cuprum S.A.

Por Resolución N° E-221-2015, de fecha 2 de enero de 2015, esta Superintendencia autorizó la fusión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) Argentum S.A. y Cuprum S.A., por incorporación de ésta a la primera.

Asimismo, en virtud de dicha Resolución se cancela la autorización de existencia de AFP Cuprum S.A., otorgada por Resolución N° E-012-81, de fecha 28 de abril de 1981.

La fusión rige retroactivamente a contar del 1 de enero de 2015, fecha en que se disolvió AFP Cuprum S.A.

  • Continuadora legal: AFP Argentum S.A. con el nombre AFP Cuprum S.A..