¿En qué consiste el contrato de asesoría previsional?
Si una o un afiliado decide optar por el servicio de una asesoría previsional, deberá firmar un contrato de prestación de servicios con la o el asesor previsional.
El contrato de servicios deberá contener de manera obligatoria la siguiente información:
- El objeto de la asesoría, es decir, en qué materia recibirá asesoría la o el afiliado.
- El costo de la asesoría, que corresponde al monto de los honorarios o comisión que cobrará la o el asesor previsional.
- La libertad que tendrá la o el afiliado de acoger o no acoger las recomendaciones de la o el asesor previsional.
- Que cualquiera de las partes puede poner término en cualquier momento al contrato de prestación de servicios. Para esto es obligación enviar la comunicación por escrito a la otra parte, informándole de la decisión.
- El término del contrato de prestación de servicios en ningún caso implicara el pago de una multa o algún otro tipo de penalización.