Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

¿Cuánto puede cobrar como comisión una o un asesor previsional?

Las y los asesores previsionales por el servicio que entregan pueden cobrar comisiones máximas, de acuerdo a lo siguiente:

1. Al momento de seleccionar la modalidad de pensión:

  • En caso de seleccionar como modalidad de pensión una renta vitalicia, el monto máximo a pagar será de un 1,5% de los fondos previsionales que tiene la o el afiliado en su cuenta de capitalización individual destinada a pensión, con un tope de 60 UF.
  • En caso de seleccionar retiro programado, el monto máximo a pagar será de un 1,2% de los fondos previsionales que tiene la o el afiliado en su cuenta de capitalización individual destinada a pensión, con un tope de 36 UF.
  • El total de honorarios por asesoría no puede exceder el 1,5% del saldo previsional de la o el afiliado, así como tampoco las 60 UF.

2. Si se produce un cambio de modalidad de pensión de retiro programado a renta vitalicia:

  • Si la o el afiliado decide cambiar de modalidad de pensión desde un retiro programado (en una administradora de fondos de pensión, AFP) a una renta vitalicia (en una compañía de seguros de vida), el monto máximo a pagar será del 1,5% (menos el porcentaje pagado por la primera asesoría en donde se eligió la modalidad de retiro programado) del saldo destinado a financiar la nueva modalidad de pensión.
  • Lo anterior, con un tope de 60 UF (menos las UF pagadas en la primera asesoría).