Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile
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Libro IV, Título VII, Letra D Informe Financiero de las Administradoras de Fondos de Pensiones y sus Sociedades Filiales, Memoria Anual, y determinación del Patrimonio Neto

Capítulo VII. Glosario

Materias asociadas: Memoria anual

Activo corriente: Un activo que satisfaga cualquiera de los siguientes criterios:

a) se espere realizar, o se pretenda vender o consumir, en el transcurso del ciclo normal de la explotación de la entidad;

b) se mantenga fundamentalmente con fines de negociación;

c) se espere realizar dentro del periodo de los doce meses posteriores a la fecha del balance; o

d) se trate de efectivo u otro medio equivalente al efectivo (tal como se define en la NIC 7), cuya utilización no esté restringida, para ser intercambiado o usado para cancelar un pasivo, al menos dentro de los doce meses siguientes a la fecha del balance.

Activo no corriente: Un activo que no cumpla la definición de activo corriente.

Arrendamiento o subarrendamiento no revocable: Es un arrendamiento o subarrendamiento que sólo es cancelable si:

a) ocurriese alguna remota contingencia;

b) cuanta con el permiso del arrendador o subarrendador;

c) el arrendatario o subarrendatario realizase un nuevo arrendamiento, para el mismo activo o para otro equivalente, con el mismo arrendador o subarrendador; o bien,

Clase de activos: Un conjunto de activos de similar naturaleza y uso en las actividades de la entidad.

Clase de instrumentos financieros: Conjunto de instrumentos financieros que resulta apropiado según la naturaleza de la información a revelar y que tiene en cuenta las características de ellos.

Coligada: Es sociedad coligada con una sociedad anónima aquella en la que ésta, que se denomina coligante, sin controlarla, posee directamente o a través de otra persona natural o jurídica el 10% o más de su capital con derecho a voto o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones, o puede elegir o designar por lo menos un miembro del directorio o de la administración misma. Asociada.

Combinación de negocios: Unión de entidades o negocios separados en una única entidad a efectos de información financiera (entidad que informa).

Desapropiar: Desposeerse del dominio sobre lo propio.

Diferencia temporaria: Diferencia entre el valor libro que un activo o pasivo tiene en el estado de situación financiera y su tasación fiscal. Las diferencias temporarias pueden ser imponibles o deducibles.

Diferencias temporarias deducibles: Diferencias temporarias deducibles al determinar la ganancia/pérdida fiscal de períodos futuros, cuando el valor libro del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.

Diferencia temporarias imponibles: Diferencias temporarias que resultarán en cantidades imponibles al determinar la ganancia/pérdida fiscal de periodos futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.

Estado de cambio en el patrimonio neto: es el estado contable que recoge los cambios en el patrimonio neto por todos los ingresos y gastos, tanto los incluidos en el resultado del ejercicio de la cuenta de pérdidas y ganancias como los que, según las normas de registro y valoración, deban imputarse directamente al patrimonio neto de la empresa e informa las variaciones originadas en el patrimonio neto por operaciones con los socios o accionistas de la empresa cuando actúen como tales y los ajustes al patrimonio neto debidos a cambios en criterios contables y correcciones de errores.

Estado de situación financiera: es el estado contable que se presenta para mostrar el efecto acumulado de las operaciones que se han efectuado en el pasado. Presenta, a una fecha determinada, cuáles son los activos con los que cuenta la empresa para las futuras operaciones, así como los derechos que existen sobre los mismos y que aparecen bajo el nombre de pasivos y capital contable.

Estados financieros no consolidados: Corresponden a los estados financieros separados o individuales.

Filial: Es sociedad filial de una sociedad anónima, que se denomina matriz, aquella en la que ésta controla directamente o a través de otra persona natural o jurídica más del 50% de su capital con derecho a voto o del capital, si no se tratare de una sociedad por acciones o puede elegir o designar o hacer designar a la mayoría de sus directores o administradores. Subsidiaria.

Grupo en desapropiación: Grupo de activos de los que se va a disponer, ya sea por venta o disposición por otra vía, de forma conjunta como grupo en una única operación, junto con los pasivos directamente asociados con tales activos que se vayan a transferir en la transacción. El grupo incluirá la plusvalía comprada en una combinación de negocios, si el grupo es una unidad generadora de efectivo a la que se haya atribuido la plusvalía comprada de acuerdo con los requisitos de las normas internacionales de contabilidad o bien si se trata de una actividad dentro de esa unidad generadora de efectivo.

Informe de revisión de información interina de los auditores independientes: Es el informe resultante, principalmente, de la aplicación de procedimiento de revisión analítica de los estados financieros y de efectuar indagaciones con el personal responsable de las materias financieras y de contabilidad de una entidad. El alcance de la revisión que da origen al informe es sustancialmente menor que una auditoría efectuada de acuerdo a las normas que rigen a ésta última.

Ingresos ordinarios: Entrada bruta de beneficios económicos, durante el periodo, surgidos en el curso de las actividades ordinarias de una entidad, siempre que tal entrada dé lugar a un aumento en el patrimonio neto, que no esté relacionado con las aportaciones de los propietarios de ese patrimonio.

Moneda funcional: Moneda del entorno económico en que opera la Administradora.

Moneda de presentación: Moneda en la cual se presentan los estados financieros.

Pérdida por deterioro: Monto en que excede el valor libro de un activo respecto del monto recuperado o del valor estimado de recuperación.

Propiedades de inversión: Bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles destinados a obtener rentas o apreciación de capital, o ambos. Se excluyen de esta definición aquellos bienes inmuebles destinados a la producción de bienes o a la prestación de servicios, o cuya venta forme parte del giro de los negocios.

- Su uso en la producción de bienes o servicios, o para fines administrativos, o

- Su venta en el curso ordinario de los negocios.

Realización: Principio que establece que la operación que origina los resultados queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislación o prácticas comerciales aplicables y que hayan considerado fundadamente todos los riesgos inherentes a la operación.

Reexpresión/Reexpresión retroactiva: Consiste en aplicar una nueva política contable a transacciones, otros sucesos y condiciones, como si ella se hubiera aplicado siempre.

Reversar: movimiento contable que se realiza cuando se va a corregir una transacción o cuando se quiere regresar a un estado anterior.

Unidad generadora de efectivo: Grupo menor de activos identificables, cuyo funcionamiento continuado genera ingresos de efectivo que son, en su mayor parte, independientes de los ingresos de efectivo derivados de otros activos o grupos de activos.

Valor razonable: El importe por el cual puede intercambiarse un activo o cancelarse un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas que realizan una transacción en condiciones de independencia mutua.