Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile
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Libro V, Título VIII, Letra B, Anexos

Anexo 1. De la acreditación de conocimientos

Las Entidades y Asesores, así como sus socios, accionistas, administradores, representantes y dependientes, cuando estos últimos realicen funciones de asesoría previsional, deberán acreditar que cuentan con los siguientes conocimientos:

1. Estructura de la Seguridad Social chilena y su Institucionalidad

- Regímenes e Instituciones del sistema de seguridad social

- Sistema de pensiones del D.L. N° 3.500 de 1980.

- Afiliación, tipos de cuenta y traspaso de trabajadores dependientes, independientes y cotizantes voluntarios.

- Cotizaciones previsionales y Ahorro Previsional Voluntario (cotizaciones voluntarias, Depósito de APV, Depósitos Convenidos y conocimientos en el Ahorro Previsional Voluntario Colectivo. Tributación de los anteriores).

- Multifondos/Rentabilidad / Comisiones.

- Sistemas de control y fiscalización.

- Otros Beneficios (Excedente de Libre Disposición/Tributación, Cuota Mortuoria, Herencia, Garantía Estatal, Asignación familiar) y Convenios de Seguridad Social con otros Estados.

2. Sistemas de Pensiones Solidarias

- Pensión básica solidaria de vejez e invalidez.

- Aporte Previsional Solidario de vejez e invalidez y Complemento Solidario.

- Pensión Máxima con Aporte Solidario vejez e invalidez.

- Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE).

- Pensión Mínima Garantizada.

- Beneficiarios Leyes Especiales/Bono por hijo nacido vivo.

3. Selección de modalidad de pensión

4. Inversiones y Riesgo:

- Características de los Fondos de Pensiones, tipos de instrumentos financieros

- Medición de rentabilidad de los Fondos.

- Fórmula de cálculo valor cuota

- Teoría de portafolio (Markowitz, Michaud, Black-Litterman, entre otros)

- Administración de Riesgo (Jorion, Damodaran, entre otros)

- Métricas de riesgo y sus componentes

- Impactos de los movimientos de variables en el desempeño de los Fondos

5. Selección de fondos

6. Conflictos de interés: Preguntas orientadas a evaluar conductas sobre:

- Tratamiento de servicios No remunerados

- Relaciones con clientes, usuarios, proveedores, Administradoras de Fondos de Pensiones u otros agentes de mercado.

- Tratamiento de inversiones personales.

Nota de Actualización: Este Capítulo fue creado por la Norma de Carácter General N° 290, de fecha 30 de julio de 2021.