Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile
Trámites y servicios

Buscando...

Paciencia...

Pensión de vejez

El actual sistema establece tres tipos de pensiones, dependiendo de la causa por la cual se otorga a la o el afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP). Se trata de las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivencia. La pensión de vejez consiste en el derecho que tienen las y los afiliados al sistema de capitalización individual obligatoria en una AFP de obtener una pensión, una vez que hayan cumplido con la edad legal para retirarse del mercado laboral: 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años para los hombres.
https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-article-12269.html
Trámite sin clave única

¿A quién va dirigido?

A afiliadas y afiliados a una administradora de fondos de pensiones (AFP).

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Para pensionarse, la o el afiliado debe presentar en la administradora de fondos de pensiones (AFP) su cédula nacional de identidad y realizar la solicitud de pensión, junto a la declaración de beneficiarios. Para esto último debe adjuntar los certificados de nacimiento de la o el afiliado y de sus beneficiarias o beneficiarios, así como también el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil, según corresponda.
  • La AFP deberá calcular el saldo efectivo de la cuenta de capitalización individual que tiene la o el afiliado y emitir el certificado de saldo dentro de los 10 días hábiles siguientes. Si fuera necesario tramitar un bono de reconocimiento, los 10 días de plazo empiezan a contarse desde la fecha de su liquidación.
  • Una vez que la o el afiliado recibe el certificado de saldo, debe solicitar ofertas y montos de pensión al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) a través de la AFP, de una compañía de seguros de vida (CSV) o una asesora o asesor previsional.
  • Con esa información, puede decidir qué modalidad de pensión es más conveniente en su caso (existen cuatro modalidades) y saber cuál será el monto exacto de su pensión.
  • Sin embargo, es importante que las personas sepan que no es obligatorio pensionarse al cumplir la edad legal. También que, si sigue trabajando y cotizando, podría tener una pensión mayor cuando decida jubilarse.
  • Tampoco es obligatorio que una persona deje de trabajar una vez pensionada; se puede tener una pensión y continuar trabajando.
/apps/costoPrevisional/formCalculoCostoPrevisional.php
Trámite sin clave única
/apps/certificados/formConsultaAfiliacion.php
Trámite sin clave única
/apps/certificados/formConsultaDeuda.php
Trámite sin clave única
/apps/certificados/vDesafiliacionesv2.0.php
Trámite sin clave única
/apps/certificados/vDEsgd.php
Trámite sin clave única
/apps/certificados/vOficio.php
Trámite sin clave única
/apps/certificados/formResolucionesGE.php
Trámite sin clave única
/apps/consultasWEB/formConsultaGeneral.php
Trámite sin clave única
/apps/estcom/estcom.php
Trámite sin clave única
/apps/tramitesSP/gen_token_cu.php?app=0_11
Trámite con clave única
https://www.spensiones.cl/infoydec
Trámite sin clave única
https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-propertyvalue-9986.html
Trámite sin clave única
https://www.spensiones.cl/apps/registroDirectores/listar.php?sessionid=JiYm
Trámite sin clave única
Trámite sin clave única
/apps/resoluciones/resoluciones.php
Trámite sin clave única
/apps/rentabilidad/getRentabilidad.php?tiprent=FP
Trámite sin clave única
/apps/simuladorPensiones/
Trámite sin clave única
/apps/valoresCuotaFondo/vcfAFP.php
Trámite sin clave única