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Bono de reconocimiento

Es un monto de dinero entregado por el Estado a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al sistema de AFP, y se ingresa a su cuenta cuando se pensione por vejez, por invalidez o cuando fallezca.

¿Quiénes tienen derecho?

Los imponentes de cualquiera de las ex cajas de previsión del régimen previsional antiguo (de reparto) que cumplan con los requisitos.

Requisitos

  • Tener al menos doce cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
  • Si no cumplen el requisito anterior debe registrar, a lo menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1° de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.

¿Cómo acceder?

Para solicitarlo, deben acudir a la AFP en la que se encuentren afiliados y llenar la Solicitud de Cálculo y Emisión del Bono de Reconocimiento y el Detalle de Empleadores, cuando corresponda.

Monto del beneficio

El bono de reconocimiento se calcula de acuerdo a los períodos de cotizaciones que la persona registre en el antiguo régimen previsional. El valor del bono se reajusta anualmente, de acuerdo al IPC. Obtiene un interés del 4% anual, que se capitaliza cada año desde la fecha en que el afiliado ingresó al sistema previsional de AFP.