III.1 Plazo de Instrumentos de Intermediación Financiera
1. El plazo en días de un instrumento de intermediación financiera nacional (IIF) o extranjero (IIFE) que paga el total del capital e intereses al vencimiento, será el número de días que medien entre la fecha que se efectúa el cálculo del plazo y la fecha de su vencimiento. Este plazo se calculará diariamente.
2. Para el caso de aquellos instrumentos de intermediación financiera con pago de intereses con anterioridad a su vencimiento, el plazo se determinará considerando los conceptos y fórmulas de cálculo que se definen más adelante para el caso de los instrumentos de renta fija.