Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Anexo Nº 2 Datos del listado

La información del Listado solo se clasificará en Afiliados y Beneficiarios. En ambos casos deberá ordenarse por número de RUT. Los esquemas de registro son los que se indican a continuación. Los datos que no corresponda incorporar se reemplazarán por blanco o cero de acuerdo al tipo de dato definido, si el dato es numérico se usará cero y si es alfabético o alfanumérico se usará blanco.

En el caso de beneficiarios de pensión de sobrevivencia la información será la siguiente:

Nota de actualización: Este anexo fue modificado por la Norma de Carácter General N° 153, de fecha 11 de septiembre de 2015.