Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Capítulo IX. Reclamos

1. Todos los reclamos relacionados con materias de la Bonificación por hijo para las mujeres que se presenten en el IPS deben ser solucionados a través del procedimiento definido en el Capítulo Proceso de Gestión de Reclamos de la norma sobre Procedimiento de Gestión de Reclamos del IPS de esta Superintendencia.

2. De acuerdo a lo señalado en el número anterior, cada reclamo formará parte del Sistema de Gestión de Reclamos establecido en la norma antes citada.