Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Capítulo VII. Reclamos

1. Todos los reclamos relacionados con materias del Subsidio Previsional a los Trabajadores Jóvenes que se presenten en el IPS deben ser solucionados a través del procedimiento definido en el Capítulo Proceso de Gestión de Reclamos, de la Letra A del Título VII del Libro I.

2. De acuerdo a lo señalado en el número anterior, cada reclamo formará parte del Sistema de Gestión de Reclamos establecido en la norma antes citada.