Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

¿Qué pasa con mi cuenta en caso de quiebra de la AFP?

Al existir completa separación patrimonial entre los recursos de la Administradora y los de los Fondos de Pensiones, la liquidación de una AFP sólo afecta a la sociedad y no a los recursos del Fondo de Pensiones.
En caso de quiebra de una AFP los recursos acumulados en las cuentas individuales son traspasados a las Administradoras que elijan los titulares de dichas cuentas dentro del plazo de 90 días luego de producida la quiebra. La transferencia a otras Administradoras de aquellos afiliados que no elijan su nueva AFP es efectuada por la Superintendencia y no tiene costo para ellos. En otras palabras, los Fondos de Pensiones que una AFP administra no están asociados a la situación patrimonial de ésta.

En caso de que un afiliado no elija la AFP de destino en el plazo establecido por la normativa vigente, el liquidador transfiere los saldos de sus cuentas individuales a la Administradora que tenga domicilio u oficina en la localidad donde ese trabajador preste sus servicios y a los mismos Tipos de Fondos en los cuales mantenía sus saldos; si existen dos o más AFP que cumplan esta condición, el liquidador elegirá la AFP que haya obtenido mayor rentabilidad en los dos años calendario anteriores a la disolución. Si ninguna Administradora tiene oficina en la localidad en que el trabajador presta servicios, para aplicar la norma antes descrita, el liquidador debe considerar la región donde el afiliado presta servicios.

El liquidador es la Superintendencia de Pensiones.