Nuevo Consejo de la Sociedad Civil SP 2024-2026
Desde febrero de 2011, los distintos organismos de la Administración del Estado cuentan con los llamados Consejos de la Sociedad Civil (Cosoc). Se trata de un mecanismo de representación y participación ciudadana de tipo consultivo y no vinculante, autónomo, con integrantes que realizan su función ad-honorem y cuya labor está relacionada con los temas de competencia de la institución pública en cuestión.
Sobre el Cosoc SP
El Consejo de la Sociedad Civil (Cosoc) es uno de los principales mecanismos de participación ciudadana contemplados en la Ley N° 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, publicada en el Diario Oficial el 16 de febrero de 2011.
Dicha ley en su artículo 74 señala que los órganos de la Administración del Estado deberán establecer consejos de la sociedad civil de carácter consultivo, conformados de manera diversa, representativa y pluralista por representantes de organizaciones y asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la competencia del órgano respectivo.
De esta manera, el Cosoc de la Superintendencia de Pensiones (SP) tendrá como principal función acompañar a la institución en el diseño, ejecución y evaluación de sus políticas, planes y programas relacionados con las temáticas previsionales y el seguro de cesantía.
Reglamento Cosoc SP
Con fecha de 7 de agosto de 2024, mediante la Resolución Exenta N° 1171 se aprobó el Reglamento que regula la creación y funcionamiento del Consejo de la Sociedad Civil de la Superintendencia de Pensiones (Cosoc SP).
Nuestro objetivo es que el Consejo de la Sociedad Civil de la Superintendencia de Pensiones sea un órgano colegiado, electo democráticamente, de carácter consultivo, deliberativo, no vinculante y autónomo en sus decisiones, acuerdos y opiniones. También que esté conformado de manera diversa, representativa, paritaria y pluralista, por personas representantes de organizaciones y asociaciones sin fines de lucro y de interés público.
Con este importante paso, la SP ratifica su compromiso institucional con la creación y promoción de los espacios de conversación, diálogo y participación que la legislación establece para las y los usuarios del sistema de pensiones y el seguro de cesantía, la ciudadanía en general, y las entidades y organizaciones de la sociedad civil.
Requisitos para integrar el Cosoc SP
Para integrar el Cosoc de la Superintendencia de Pensiones, las organizaciones postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar constituidas como personas jurídicas sin fines de lucro y que tengan interés público.
- Individualización de la organización (nombre y tipo, RUT, teléfono, correo electrónico).
- Certificado de vigencia de la organización sin fines de lucro.
- Certificado de vigencia de la composición del directorio.
- Estatutos de la organización postulante.
- Nombre de la persona candidata a consejera o consejero titular, copia de cédula de identidad, RUT, certificado de antecedentes, certificado de deudas de pensiones de alimentos, cargo, teléfono y correo electrónico.
- Documento simple que certifique que la asociación presenta a la persona y la aceptación de esta última, firmada por ambas partes.
- Nombre de la persona de contacto de la organización (nombre, RUT, cargo, teléfono, correo electrónico).
- Declaración jurada simple firmada por la persona representante legal o presidenta/e de la organización que no presenta inhabilidades.
- En el caso de que la o el representante legal de la organización no sea quien vote en las elecciones del Consejo, deberá presentar un poder notarial de autorización de voto a quien definan para tales efectos.
Formulario de inscripción para postulantes
Podrán participar en la elección las organizaciones sin fines de lucro, representativas de la Sociedad Civil que se vinculen a la misión institucional de la Superintendencia de Pensiones que cumplan con los requisitos y que no presenten ninguna de las inhabilidades establecidas en el reglamento.
Asimismo, podrán ser consejeras y consejeros quienes formen parte de las organizaciones de las características descritas en el artículo 7 de la Ley N° 20.500, que cumplan los requisitos y no presenten ninguna inhabilidad.
Para la inscripción de las organizaciones y entidades interesadas en este proceso, ponemos a su disposición el Formulario de Postulación para la elección del Consejo de la Sociedad Civil de la Superintendencia de Pensiones 2024-2026. Este formulario debe ser llenado y remitido al correo cosoc@spensiones.cl junto con la siguiente documentación requerida.