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El Consejo Técnico de Inversiones fue creado por la Reforma Previsional con el objetivo de efectuar informes, propuestas y pronunciamientos respecto de las inversiones de los Fondos de Pensiones, procurando el logro de una adecuada rentabilidad y seguridad para éstos.
Conformación
Esta entidad está integrada por un miembro designado por el Presidente de la República, un miembro designado por el Consejo del Banco Central de Chile, un miembro designado por las Administradoras de Fondos de Pensiones y dos miembros designados por los Decanos de las Facultades de Economía o de Economía y Administración de las Universidades que se encuentren acreditadas de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.129. Junto con la designación de cada una de las personas antes señaladas, debe también designarse un miembro suplente, quien reemplazará al respectivo titular en caso de ausencia o impedimento de éste.
De acuerdo a la ley, los miembros antes señalados, no podrán ser gerentes, administradores o directores de una Administradora de Fondos de Pensiones, ni de alguna de las entidades del Grupo Empresarial al que aquélla pertenezca, mientras ejerzan su cargo en el Consejo.
Funcionamiento
El Consejo Técnico de Inversiones es presidido por el miembro designado por el Presidente de la República; sesiona con la asistencia de a lo menos tres de sus integrantes; y debe adoptar sus acuerdos por mayoría absoluta de los asistentes a la respectiva sesión. En caso de empate, dirime la votación quien presida la sesión. Además, la Ley señala que el Consejo debe nombrar, de entre sus miembros titulares, a un Vicepresidente, el que subrogará al Presidente. También indica la Ley que un funcionario de la Superintendencia de Pensiones actuará como Secretario Técnico del Consejo y tendrá la calidad de Ministro de Fe respecto de sus actuaciones, deliberaciones y acuerdos.
El Consejo Técnico de Inversiones debe sesionar a lo menos dos veces al año, y cada vez que lo convoque el Presidente o cuando así lo solicite la mayoría de sus integrantes. Asimismo, el Consejo deberá sesionar cuando así lo solicite el Superintendente de Pensiones.
Funciones y atribuciones
Específicamente, el Consejo tiene las siguientes funciones y atribuciones:
1) Pronunciarse sobre el contenido del Régimen de Inversión a que se refiere el artículo 45 del Decreto Ley 3.500 y sobre las modificaciones que la Superintendencia de Pensiones proponga efectuar al mismo. Para estos efectos, el Consejo debe emitir un informe que contenga su opinión técnica en forma previa a la dictación de la Resolución que apruebe o modifique dicho régimen;
2) Emitir opinión técnica en todas aquellas materias relativas a inversiones de los Fondos de Pensiones contenidas en el Régimen de Inversión, y en especial respecto de la estructura de límites de inversión de los Fondos de Pensiones, de los mecanismos de medición del riesgo de las carteras de inversión y de las operaciones con instrumentos derivados que efectúen los Fondos de Pensiones;
3) Efectuar propuestas y emitir informes en materia de perfeccionamiento del régimen de inversiones de los Fondos de Pensiones en aquellos casos en que el Consejo lo estime necesario o cuando así lo solicite la Superintendencia;
4) Pronunciarse sobre las materias relacionadas con las inversiones de los Fondos de Pensiones que le sean consultadas por los Ministerios de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social;
5) Entregar una memoria anual de carácter público al Presidente de la República, correspondiente al ejercicio del año anterior, a más tardar dentro del primer cuatrimestre de cada año. Copia de dicha memoria deberá enviarse a la Cámara de Diputados y al Senado; y
6) Encargar la realización de estudios técnicos con relación a las inversiones de los Fondos de Pensiones.
Asimismo, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.728, la Superintendencia de Pensiones establecerá mediante resolución un Régimen de Inversión para los Fondos de Cesantía, el cual podrá establecer las mismas normas regulatorias consignadas en el Decreto Ley N° 3.500, respecto de los Fondos de Pensiones. La Resolución, será previo informe del Consejo Técnico de Inversiones regulado en el Título XVI del referido Decreto Ley.
La Superintendencia no podrá establecer en el Régimen de Inversión contenidos que hayan sido rechazados por el Consejo Técnico de Inversiones y asimismo, en la mencionada resolución deberá señalar las razones por las cuales no consideró las recomendaciones que sobre esta materia haya efectuado el referido Consejo. Dicha Resolución será dictada previa visación del Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Hacienda. En lo no previsto por el Régimen de Inversión de los Fondos de Cesantía, se estará a lo que disponga el Régimen de Inversión de los Fondos de Pensiones.
En el Régimen de Inversión también se establecerán carteras de inversión referenciales para los Fondos de Cesantía, para cuya elaboración se deberá atender a las siguientes consideraciones:
1) Que las carteras referenciales reflejen criterios de inversión concordantes con los objetivos de protección del Seguro.
2) Que dichas carteras sean susceptibles de ser replicadas.
3) Que dichas carteras contemplen criterios de estabilidad de las inversiones.
4) Que la información que sustenta las carteras de referencia sea de acceso público y no pueda ser alterada ni manipulada.
5) Que contemple criterios de diversificación en su conformación, respecto de a lo menos, emisores, naturaleza de instrumentos y mercados.
La Superintendencia podrá revisar la composición de las carteras de inversión referenciales cada 36 meses y someterla a la consideración del Consejo Técnico de Inversiones a que se refiere el artículo 58H de la Ley N° 19.728, si lo referido anteriormente experimenta variaciones significativas.
Integrantes del Consejo
Presidente
Álvaro Clarke De la Cerda
Designado por Presidente de la República
Duración del cargo: 5 años
Licenciado en Economía e Ingeniero Comercial, Universidad de Chile, Master of Arts in Economics, Universidad de Lovaina, Bélgica.
El Sr. Álvaro Clarke ha sido Superintendente de Valores y Seguros y Subsecretario del Ministerio de Hacienda de Chile, miembro de la Comisión Presidencial para la Reforma Previsional y la Comisión Antimonopolio y también ha sido director de varias empresas. Actualmente es Presidente de ICR Clasificadora de Riesgos; Vicepresidente de Proaval S.A.; socio principal de Clarke & Asociados; Presidente del Centro de Gobierno Corporativo Universidad de Chile; miembro del Task Force Latin American Rountable on Corporate Governance, World Bank, OECD; y director de la Administradora de Fondos de Inversión de Capital de Riesgo IFINCORP.
Consejero Suplente
Ernesto Livacic Rojas
Designado por Presidente de la República
Duración del cargo: 5 años
Bachiller y Licenciado en Ciencias Económicas e Ingeniero Comercial, Universidad de Chile, Magíster en Desarrollo Económico Universidad de Notre Dame, EE.UU.
Vicepresidente
Martín Costabal Llona
Designado por Administradoras de Fondos de Pensiones
Duración del cargo: 4 años
Ingeniero Comercial de la Pontificia Universidad Católica de Chile y MBA de la Universidad de Chicago, EE.UU.
El Sr. Martín Costabal ha sido Director de Presupuestos y Ministro de Hacienda, ejecutivo de Pizarreño e Infraestructura Dos Mil, y Gerente General de AFP Habitat. Actualmente es director de Empresas CMPC S.A., Empresas Pizarreño S.A. y ENAEX S.A.. Además forma parte del Consejo Asesor Financiero del Fondo de Estabilización Económica y Social y del Fondo de Reserva de Pensiones y de la lista de Profesionales Expertos para designación de Comités de Selección del Sistema de Alta Dirección Pública.
Consejero Suplente
Fernando Mir Brahm
Designado por Administradoras de Fondos de Pensiones
Duración del cargo: 4 años
Ingeniero Comercial de la Pontificia Universidad Católica de Chile y M. Sc. en finanzas y contabilidad del London School of Economics and Political Sciences.
Consejero Titular
Luis Felipe Céspedes Cifuentes
Designado por Banco Central de Chile
Duración del cargo: 4 años
Ingeniero Comercial de la Pontificia Universidad Católica de Chile, M.A. y Ph.D. en Economía de la Universidad de New York, EE.UU.
El Sr. Luis Felipe Céspedes se desempeña como profesor asociado en la Universidad Adolfo Ibáñez y es miembro del Comité del PIB Tendencial del Ministerio de Hacienda. Fue Gerente de Investigación Económica del Banco Central de Chile, Coordinador de Política Económica y Financiera del Ministerio de Hacienda y Economista del Departamento de Investigación y Europa I del FMI. Ha publicado numerosos artículos sobre macroeconomía y política monetaria."
Consejero Suplente
Luis Ahumada Contreras
Designado por Banco Central de Chile
Duración del cargo: 4 años
Licenciado en Ciencias de la Administración e Ingeniero Comercial de la U. de Chile, Master y Doctorado en Economía de la Universidad de Duke, Carolina del Norte, EE.UU.
Consejero Titular
Eduardo Walker Hitschfeld
Designado por Universidades
Duración del cargo: 4 años
Ingeniero Comercial de la Pontificia Universidad Católica de Chile y Ph.D. en Administración de Empresas especializado en Finanzas de la Universidad de California en Berkeley, EE.UU.
El Sr. Eduardo Walker es profesor titular en la Escuela de Administración de la Pontificia Universidad Católica de Chile y miembro del Consejo Asesor Financiero del Ministerio de Hacienda para la inversión de los fondos fiscales. Ha sido profesor asociado visitante en el departamento de finanzas de McCombs School of Business, The University of Texas at Austin, Gerente de Estudios de AFP Habitat, consultor internacional, miembro del Comité del Mercado de Capitales y de la Comisión Clasificadora de Riesgo.
Consejero Suplente
Roberto Darrigrandi Undurraga
Designado por Universidades
Duración del cargo: 4 años
Ingeniero Comercial y Magíster en Macroeconomía Aplicada de la Pontificia Universidad Católica de Chile, MBA de la Universidad de Chicago, EE.UU.
Consejero Titular
Patricio Rojas Ramos
Designado por Universidades
Duración del cargo: 4 años
Ingeniero Comercial y Magíster en Economía de la Pontificia Universidad Católica de Chile, PhD en Economía de Massachusetts Institute Of Technology (MIT).
El Sr. Patricio Rojas se desempeña como Asesor Económico de Instituciones Financieras y Consultor Internacional, Asesor en materias de Libre Competencia y Regulación. Es Socio Principal de la Consultora Económica P. Rojas & Asociados. Además es Profesor del Instituto de Economía de la Universidad Católica de Chile y de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad Finis Terrae. Es Investigador Asociado del Centro de Estudios Públicos. Ha sido miembro de la Comisión Resolutiva Antimonopolios, Decano de la Facultad de Ingeniería Comercial de la Universidad Finis Terrae y Gerente de Programación Macroeconómica del Banco Central.
Consejero Suplente
Alejandro Micco Aguayo
Designado por Universidades
Duración del cargo: 4 años
Ingeniero Civil Industrial y Master en Ciencias de la Ingeniería de la Universidad de Chile, Master y Ph.D. en Economía de la Universidad de Harvard, EE.UU.
Secretario Técnico
Rodrigo Chávez Cerón
Designado por: Superintendencia de Pensiones
Ingeniero Comercial de la Universidad de Chile y Máster en Dirección Financiera de la Universidad Adolfo Ibáñez.
Secretario Técnico Suplente
Félix Villatoro Godoy
Designado por: Superintendencia de Pensiones
Licenciado en Economía y Negocios de la Escuela Superior de Economía y Negocios (ESEN) de El Salvador, Magíster en Economía Financiera y Doctor en Economía de la Pontificia Universidad Católica de Chile.