Las Administradoras sólo pueden cobrar comisiones sobre la base de un porcentaje de las rentas o remuneraciones imponibles
de los afiliados. Las comisiones que actualmente cobran las AFP son uniformes para todos los afiliados, independientemente
del Fondo que elijan.
Cabe señalar que respecto de la administración de los saldos originados por cotizaciones voluntarias, depósitos convenidos,
ahorro previsional voluntario y ahorro voluntario, sólo podrán cobrar comisiones sobre la base de un porcentaje del saldo
acumulado.
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